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Convenio –  Convenio de 27 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, en materia de higiene, seguridad alimentaria y sanidad ambiental
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BOCM
Pág. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 301

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, si
concurriera cualquiera de las causas de resolución del convenio existiendo actuaciones en
curso en ejecución, las partes, a propuesta del responsable de la Comisión Mixta de Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido
el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en esa
misma ley.
Décima
Vigencia y prórroga
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años a contar desde el 1 de enero
de 2024, pudiéndose prorrogar en cualquier momento antes de su finalización (31 de diciembre de 2027), por años naturales hasta un máximo de cuatro años adicionales mediante acuerdo expreso y por escrito de las partes. Igualmente, las partes podrán modificar el
presente convenio en cualquier momento, por mutuo acuerdo y por escrito, a través de la
suscripción de la correspondiente adenda que pasará a formar parte integrante del mismo.
Undécima
Régimen jurídico
El convenio se formula de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula con carácter básico la materia
convencional, quedando sujeto a las normas imperativas de derecho público que regulan los
convenios administrativos, y demás que resulten aplicables. Asimismo, en aplicación del
artículo 48.1 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, en ningún caso, el contenido de dicho convenio podrá suponer la cesión de la titularidad de las competencias de la Administración de la Comunidad de Madrid en las materias objeto del mismo.
El presente convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo previsto en su artículo 6.1.
Duodécima
Controversias
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las discrepancias que no hayan podido
resolverse en el seno de la comisión de seguimiento prevista en la cláusula séptima, se someterán a los Tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa de Madrid, de conformidad con lo establecido por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Y para que conste, en prueba de conformidad, firman este convenio.
Madrid, a 27 de noviembre de 2023.—En representación de la Comunidad de Madrid,
la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—En representación del Ilustre Colegio
Oficial de Veterinarios de Madrid, el Presidente, Felipe Vilas Herranz.
ANEXO I
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO

1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los datos personales, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al
que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta
obligación subsistirá una vez finalizada la relación entre las partes.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de Consejería de Sanidad de
la Comunidad de Madrid (CSCM), obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable
del Tratamiento.
3. Una vez extinguida la relación con CSCM, los datos personales pertenecientes al
mismo que pueda tener bajo su control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos,

BOCM-20231219-32

I. Confidencialidad