Torrejón de Ardoz (BOCM-20231218-83)
Organización y funcionamiento. Ordenanza uso estaciones recarga vehículos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 300

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

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recarga, en condiciones de concurrencia competitiva y transparencia, la tramitación y ubicación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, de acceso público dentro y fuera de las
ZBE, de modo que se establezca una red mínima de recarga acompasada al crecimiento del
parque de vehículos eléctricos.
El Ayuntamiento de Torrejón aprobó la ordenanza de zona de bajas emisiones de Torrejón de Ardoz, en Junta de Gobierno Local el 26 de septiembre de 2022, y entró en vigor
el 9 de febrero de 2023. Es un instrumento jurídico local que tiene como objetivo reducir la
contaminación atmosférica y las emisiones de gases de efecto invernadero en la ciudad.
Esta ordenanza establece una zona en la que se restringe el acceso a vehículos altamente contaminantes y se promueve el uso del transporte público, bicicletas y vehículos eléctricos.
Además, esta medida está alineada con los objetivos de desarrollo sostenible 11 y 13. La ordenanza complementa el Plan de Movilidad Urbana Sostenible y el Plan de Calidad del Aire
ya existentes en Torrejón de Ardoz.
La instalación de estaciones de carga en la vía pública es, por tanto, una necesidad para
fomentar el uso de vehículos eléctricos y reducir la ansiedad de los propietarios de estos
vehículos en cuanto a la disponibilidad de carga. La movilidad urbana sostenible constituye uno de los retos prioritarios que nuestras ciudades deben afrontar, junto con la necesidad
de que los ciudadanos respiren un aire más limpio, menor impacto acústico en nuestras calles, mayores espacios públicos y zonas verdes para disfrutar de la ciudad.
La presente ordenanza incluye los siguientes elementos:
Establece estándares técnicos para la instalación y operación de puntos de carga en la
vía pública. Estos estándares deben abordar cuestiones como la ubicación de los puntos de
carga, el tipo de enchufes, la velocidad de carga y la seguridad.
Establece un proceso de permisos para la instalación y operación de puntos de carga
en la vía pública. Este proceso debe ser claro y sencillo, y debe incluir requisitos para la
aprobación de los diseños de los puntos de carga, la inspección de los trabajos de instalación y la obtención de permisos de uso de la vía pública.
Establece una tarifa razonable y equitativa para la utilización de los puntos de carga en
la vía pública.
Establece medidas para garantizar el uso justo y equitativo de los puntos de carga. Esto
puede incluir la asignación de espacios de carga específicos para vehículos eléctricos, la regulación del tiempo máximo de carga y la implementación de sanciones para el uso indebido de los puntos de carga.
Promover la educación y concienciación sobre la carga de vehículos eléctricos en la vía
pública. Esto puede incluir campañas de información sobre la ubicación y uso de los puntos
de carga, así como la promoción de incentivos para fomentar el uso de vehículos eléctricos.
En conclusión, el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz asume el compromiso de promover una movilidad urbana sostenible, menos contaminante y más respetuosa con el medio ambiente, que permita ofrecer una mayor calidad de vida a los ciudadanos y visitantes
de nuestra ciudad, constituyendo la necesidad que ha justificado la elaboración de la presente ordenanza respetando, además, en todo su articulado los principios de eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que deben presidir el ejercicio
dela potestad reglamentaria local. Con este fin el Ayuntamiento mediante el empleo de recursos propios instala en distintos puntos del municipio estaciones para la recarga de
vehículos eléctricos, que podrán aumentar si el Ayuntamiento así lo decide, siéndoles de
aplicación igualmente, la presente ordenanza.
TÍTULO I

Artículo 1. Naturaleza y finalidad del servicio. Objeto e instalaciones.—Los puntos
de recarga para vehículos eléctricos del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz son un bien de
dominio público destinado al servicio público de recarga de vehículos eléctricos.
La presente ordenanza tiene por finalidad la regulación, ordenación y control del uso
privativo y temporal del mismo.
Art. 2. Titularidad y gestión de la prestación del servicio.—La titularidad de los
puntos de recarga es del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.
El servicio a que se refiere esta ordenanza se prestará por gestión directa, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, y previo el cumplimiento de los trámites legales en
cada caso.

BOCM-20231218-83

Finalidad de la ordenanza. Instalaciones. Definiciones