B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20231218-10)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Matrón/a, Grupo A, Subgrupo A2, del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 300

LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

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Se valorarán también la realización de cursos organizados por las entidades referidas
anteriormente en materia transversal, que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, soporte vital básico y avanzado o se refiera a la adquisición de
competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajo en equipo, transparencia
en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas, informática, desarrollo
sostenible, derechos humanos y derechos fundamentales, accesibilidad universal y diseño
para todas las personas (discapacidad), sostenibilidad y cambio climático. En el caso de los
cursos en materia transversal, también serán valorados los cursos realizados con anterioridad a la fecha de obtención de la titulación habilitante.
El total de actividades formativas por el apartado 2.1.2 no podrá superar las 500 horas
anuales o los 20 ECTS o los 50 CFC, ni las 5 horas lectivas diarias.
Un mismo curso, aunque se refiera a ediciones distintas, será valorado una sola vez y
siempre lo será el último realizado.
2.2.

Docencia.

a) Por servicios prestados como Profesor, con designación oficial, en centros universitarios impartiendo enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de
Grado o Diplomado en Enfermería, en Fisioterapia, en Terapia Ocupacional, o en
otros Grados o Diplomaturas universitarias de carácter sanitario, por cada curso
académico: 0,50 puntos.
b) Por servicios prestados como Tutor de personal sanitario en formación por el sistema de residencia: 0,50 puntos por año de residencia.
c) Por servicios prestados como colaborador de prácticas en la formación de profesionales y/o especialistas citados en el apartado a) en Instituciones sanitarias concertadas con la Universidad mediante certificación expedida por el órgano competente de las Universidades, la Dirección de Enfermería del Hospital o por la
Gerencia Asistencial de Atención Primaria, por cada cien horas de colaborador: 0,08 puntos.
d) Por servicios prestados como profesor en los cursos de Formación Continuada del
apartado 2.1.2.b) y c): 0,20 puntos por cada 10 horas de formación impartida.
Si de un mismo curso se impartieran varias ediciones en un período de un año, solo se
baremará una vez.
2.3.

Actividad científica y de Investigación.

2.3.1. Publicaciones.
Por trabajos específicos y de investigación aparecidos en publicaciones especializadas incluidas en índices nacionales o internacionales siempre directamente relacionados con el contenido de la categoría convocada y en función de
la aportación del interesado, de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de
valoración:
Criterios:

Tabla de valoración:
a) Publicaciones nacionales, indexadas en JCR, IME, WoS o Pubmed u
otras bases de datos de reconocido impacto.
— Publicación revista: Autor primero: 1 punto, otros: 0,5 puntos.
— Capítulo libro: Autor primero: 0,25 puntos, otros: 0,125 puntos.
— Libro completo: Autor primero: 0,50 puntos, otros: 0,25 puntos.
En ningún caso podrá valorarse más de un capítulo de un mismo libro.

BOCM-20231218-10

1. Contribución: Por la publicación de un artículo original, revisión narrativa, revisión sistemática, editorial o carta científica en revista de carácter
sanitario, de un capítulo de libro o de un libro completo.
2. Participación: Por la participación como autor primero o resto de autores.
En las publicaciones en los que los autores figuran por orden alfabético no
se considerará a ninguno como autor principal o primero.
3. Difusión:
Por la difusión nacional o Internacional de las publicaciones.