D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231218-46)
Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Fundación Acoes Honduras, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe de 89.904 euros, para el desarrollo del proyecto “Respuesta a la emergencia nutricional por el efecto post pandemia COVID-19 de los niños de Tegucigalpa (Honduras) en el año 2023”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 300

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 365

Sexta
Compatibilidad de las ayudas
Esta ayuda es compatible con la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos de cualesquiera otras entidades, que se destinen a financiar las actividades subvencionadas, debiendo comunicar tal circunstancia a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el
artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
La suma de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de cualesquiera otras entidades asignados para financiar las actividades subvencionadas en ningún
caso podrán superar el coste de dichas actividades.
Séptima
Obligaciones de Fundación Acoes Honduras
Fundación Acoes Honduras se compromete y obliga a:
1. Ejecutar y realizar el conjunto de las actuaciones necesarias para su consecución,
mediante la realización de las actividades que ambas partes acuerden entre sí.
2. Aportar al programa el seguimiento sanitario, la preparación de las comidas, medicinas, logística, la gestión, la compra la comida en proveedores de confianza, el traslado
a las zonas de ejecución, la organización de la preparación de los alimentos o las bolsas de
alimentación y del seguimiento sanitario de cada beneficiario.
3. Destinar los fondos percibidos para financiar esa actuación.
4. Consentir expresamente la publicación de la ayuda concedida en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web oficial y en los registros públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 y 15 del Decreto 48/2019 de 10 de junio el Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
5. De acuerdo con el artículo 18.4 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de
subvenciones, Fundación Acoes Honduras se compromete a dar adecuada publicidad del
carácter público de la financiación de las actuaciones objeto del convenio, el cumplimiento de todas las condiciones y obligaciones recogidas en el mismo y el sometimiento a las
actuaciones de supervisión y control previstas en él, así como las generales derivadas de la
aplicación de la normativa de ayudas y subvenciones.
6. Prestar la colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que le corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, al Cámara de Cuentas y al Tribunal de Cuentas.
7. Velar porque tanto los restantes partícipes como la ciudadanía con ella relacionada tengan conocimiento de la financiación desembolsada por la Comunidad de Madrid y
del apoyo de ésta a la acción.
8. Aportar información continua sobre las circunstancias o novedades de avance y
estado de ejecución del presente convenio, respondiendo de forma inmediata a cualquier
aclaración o ampliación de información que se le requiera.
9. Cumplir con las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 2 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Octava
Concluida la ejecución del proyecto, Fundación Acoes Honduras deberá presentar en
el plazo máximo de tres meses la documentación acreditativa de la ejecución del proyecto
y del destino de la subvención, a contar desde la fecha de finalización de la ejecución del
proyecto, con independencia de que se supere el límite del ejercicio presupuestario, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Para la justificación de la realización del objeto del convenio y de su gasto, la Fundación Acoes Honduras deberá presentar la siguiente documentación:
1. Memoria explicativa de la ejecución del proyecto, que deberá incluir indicadores,
resultados y fuentes de verificación.

BOCM-20231218-46

Período y forma de justificación