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Convenio –  Convenio de 13 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, por importe de 12.500 euros, para para el mantenimiento del Museo Etnográfico, ubicado en esa localidad durante el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 300

LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

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contenidos en los artículos 59 a 69 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre y 15 y 16 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, respectivamente. Las sanciones que se pudieran imponer serán
independientes de la exigencia de la obligación de reintegro.
Novena
Régimen jurídico
1. Este convenio queda sujeto a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. Asimismo, queda sujeto a las normas imperativas de Derecho Público y, en particular, dada su naturaleza administrativa, a los principios de Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
3. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Décima
Protección de datos personales
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Decimoprimera
El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su firma por el último de sus
signatarios hasta el cumplimiento de las obligaciones de las partes y, en todo caso, hasta el
1 de marzo de 2024, sin posibilidad de prórroga.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar en el lugar indicado en el encabezamiento.
Madrid, a 13 de diciembre de 2023.—Por La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
P. D (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 29 de noviembre de 2021), el Director General de Cultura e Industrias Creativas,
Gonzalo Cabrera Martín.—Por el Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra, la AlcaldesaPresidenta, Arancha Álvarez Peinado.
(03/20.877/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Vigencia del convenio