Majadahonda (BOCM-20231215-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

b) Impulso de actuaciones vinculadas al Mercadillo Municipal por su reconocimiento y afluencia de visitantes al objeto de mejorar sus infraestructuras y, por extensión, la confortabilidad de comerciantes y clientes.
c) Diseño de líneas estratégicas en materia de promoción económica de la ciudad.
d) Análisis y seguimiento de la economía de la ciudad en relación con los sectores
productivos, divulgando su realidad económica.
e) Las relaciones con la sección de la Cámara de Comercio local y con otras administraciones competentes en materia de Desarrollo Económico, Fomento del Emprendimiento y Empleabilidad, así como organización y desarrollo de ferias comerciales susceptibles de contribuir a potenciar la relevancia de Majadahonda a
nivel turístico en el seno de la Comunidad de Madrid.
f) El impulso de cualesquiera fuentes de interés en el municipio que puedan presentar
relevancia a nivel turístico.
g) Potenciar los recursos, bienes y servicios que amplíen y multipliquen la oferta
turística local.
h) Diseñar, planificar y evaluar estrategias y políticas de promoción de empleo en el
municipio.
i) Elaboración de planes de formación destinados a la mejora de la ocupabilidad, especialmente de trabajadores desempleados.
j) Diseñar e impulsar nuevos proyectos que promuevan la creación de empleo en el
ámbito del municipio mediante la detección de espacios o huecos productivos no
explotados o en auge, susceptibles de generar puestos de trabajo a través de la
creación de nuevas empresas.
k) Fomentar el lanzamiento de nuevos negocios o proyectos empresariales mediante
el desarrollo del Centro de Empresas.
l) Impulso de la Innovación Tecnológica por su trascendencia económica y su promoción entre los vecinos, sin perjuicio de promover su uso responsable y seguro,
especialmente entre las personas mayores y la población juvenil.
m) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias en materia de concesión y revocación de puestos e instalaciones en el
Mercadillo Municipal.
Décimo.—Designar a D.a Raquel Monedero Lázaro concejal-delegada de Educación
y Juventud, integrada en el Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad,
delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimoquinto de este
decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y
coordinación del titular del citado Área:
a) Dirigir y planificar la política educativa del Ayuntamiento.
b) Asumir las relaciones en materia educativa con otras Administraciones Públicas,
así como con organismos públicos y privados, que desarrollen actividades o programas educativos.
c) Regular y coordinar el uso de los centros públicos docentes para actividades
educativas, culturales, o recreativas complementarias de la docencia, así como
programar la oferta global de actividades extraescolares.
d) Coordinar el funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación
Infantil, Primaria y Secundaria.
e) La dirección y gestión en general de las actividades y servicios municipales relativos a Juventud.
f) Establecer y desarrollar programas específicos para la juventud, directamente y en
colaboración con otras entidades autonómicas y locales y con otras entidades, públicas y privadas.
g) Planificar y ejecutar programas de ocio y tiempo libre y hábitos saludables en la
población juvenil.
h) Establecer y ejecutar, en colaboración con las Concejalías Delegadas competentes, programas que faciliten a los jóvenes el acceso a la vivienda, así como la
orientación y la promoción del empleo juvenil.
i) Facilitar el acceso a la información y al asesoramiento de los jóvenes.
j) Promocionar la participación de los jóvenes en la vida social y cultural a través de
asociaciones, organizaciones no gubernamentales y otras formas de participación.
k) El impulso y la gestión de albergues, campamentos y otras instalaciones específicas destinadas a la juventud.

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BOCM-20231215-84

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