Majadahonda (BOCM-20231215-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

establece en el apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a
continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Coordinación y fomento de la labor de proximidad y cercanía de la gestión municipal en el casco urbano y en las urbanizaciones del municipio.
b) El mantenimiento de edificios, instalaciones y vías públicas municipales.
c) El control y gestión de la limpieza en los edificios municipales.
d) Dirección y coordinación de los medios personales y materiales municipales destinados a obras, reformas y reparaciones.
e) La preparación, licitación, dirección y seguimiento de la ejecución de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras urbanas existentes y disponibles en el
municipio (mobiliario urbano, señalética, saneamiento y alcantarillado, calzadas,
cementerios o servicios funerarios, entre otros).
Octavo.—Designar a D.a Laura Romero Vaquero concejal-delegada de Medio Ambiente y Proyectos Financiables, integrada en el Área de Desarrollo Urbano, Vivienda, Medio Ambiente y Urbanizaciones, delegándole las facultades que corresponden legalmente a
la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el
apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación
bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas al Medio
Ambiente, Parques, Jardines y Limpieza Urbana, sin perjuicio de las competencias que en este último aspecto corresponden a la Concejalía Delegada competente en materia de Mantenimiento de la Ciudad.
b) Dirección ordinaria de los servicios de limpieza urbana, recogida y gestión de residuos sólidos urbanos, prevención de la contaminación, y en general, todos aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de la Alcaldía sobre Medio Ambiente que sean delegables.
c) Dirección e impulso de la política sobre sostenibilidad del municipio.
d) Dirección y seguimiento de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras
y servicios municipales, como son: recogida de basura, gestión de residuos sólidos, punto limpio, limpieza urbana, Parques, jardines, zonas verdes y espacios
ajardinados.
e) Mantenimiento de los parques y jardines del municipio, así como el diseño y ejecución de los nuevos espacios verdes contemplados en los instrumentos de planificación urbanística.
f) Control y vigilancia del Monte Público municipal, especialmente en colaboración
con la Concejalía Delegada responsable en materia de Seguridad Ciudadana y
Emergencias y con el Patronato del Monte del Pilar.
g) El desarrollo y fomento de actividades educativas medioambientales.
h) La concesión de licencias y autorizaciones de tala de árboles, en coordinación con
la Concejalía Delegada competente en materia urbanística.
i) Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos a su ámbito.
j) La captación de financiación para la cobertura económico-presupuestaria de proyectos y actuaciones sostenibles y de relevancia medioambiental tanto de origen
público (caso de fondos comunitarios europeos o de instrumentos procedentes de
la Administración General del Estado, de la Administración de la Comunidad de
Madrid o de otras entidades supramunicipales) como provenientes de entidades e
instituciones privadas, todo ello sin perjuicio de las competencias asignadas a la
Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Obras e Infraestructuras respecto a
los fondos recibidos por el municipio de Majadahonda con cargo al Programa de
Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).
Noveno.—Designar a D.a Ana Camins Martínez concejal-delegada de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, integrada en el Área de Desarrollo Económico, Empleo, Educación y Sanidad, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía
respecto de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado
decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación además de
la dirección, supervisión y coordinación de las Concejalías Delegadas integradas en su Área
de Gobierno Municipal:
a) Dirección y gestión en general de los servicios y actividades municipales relativos
a Formación, Empleo, Comercio y Desarrollo Económico.

BOCM-20231215-84

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