Majadahonda (BOCM-20231215-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

cuya competencia corresponderá al titular de la Concejalía Delegada a la que
aquéllos efectivos se adscriban.
14. Las demás decisiones en materia de personal no sujetas a la prohibición de delegación, de conformidad con la normativa vigente.
Tercero.—Designar a D. Antonio Rodríguez López concejal-delegado de Seguridad
Ciudadana, Emergencias, Movilidad y Transportes, integrado en el Área de Hacienda, Seguridad, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos y Deportes, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos materiales,
con el alcance que se establece en el apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto,
las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular
del citado Área:
a) Dirección y gestión en general de los servicios correspondientes a Policía Local,
Emergencias Municipales y Protección Civil, sin perjuicio de la jefatura y superior autoridad de la Alcaldía en estas materias.
b) Coordinar la actuación de la Policía Local y de los demás servicios competentes
en el mantenimiento de la seguridad dentro de las dependencias municipales.
c) Imposición de sanciones disciplinarias a los miembros de la Policía Local, exceptuando la separación del servicio.
d) La coordinación de actuaciones de seguridad ciudadana a desarrollar en el interior
de las urbanizaciones con accesos privativos y con tránsitos que no son de uso público y general, en colaboración con la Concejalía Delegada competente en materia de urbanizaciones.
e) Seguimiento, regulación y control del servicio de grúa municipal, así como traslado y depósito de vehículo, y la definición de las zonas de estacionamiento limitado y restringido.
f) Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos a su ámbito, incluidas las infracciones en materia de tráfico, circulación, seguridad viaria, así como
también las comprendidas en la ORA, así como el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
g) La gestión de la política de Movilidad y Transportes del Ayuntamiento.
h) Realizar estudios y análisis en orden a definir los criterios de equilibrio entre el
tráfico rodado y el peatonal, así como aquellos que impliquen a otros medios de
transporte facilitadores de movilidad en el término municipal.
i) Seguimiento, regulación y control del servicio de estacionamiento regulado.
j) La resolución de los expedientes de expedición de Tarjetas de Estacionamiento de
Vehículos para Personas con Movilidad Reducida, de reservas de plazas de estacionamiento a que se refiere la correspondiente Ordenanza Municipal, así como la
potestad sancionadora que de ello se derive.
k) Dirección, ordenación y planificación de los servicios de transporte público de
competencia municipal.
l) Mantenimiento de las relaciones con el Consorcio Regional de Transportes de la
Comunidad de Madrid, así como formulación de las propuestas que requiera la
mejora del servicio a su cargo.
m) Estudios e implementación de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
n) Promoción de su uso, así como los estudios para su posible ampliación, de los carriles destinados a la circulación en bicicleta.
Cuarto.—Designar a D. Ignacio González Silván concejal-delegado de Atención al
Ciudadano, Fiestas, Administración Electrónica, Régimen Jurídico y Contratación Pública,
integrado en el Área de Hacienda, Seguridad, Atención al Ciudadano, Recursos Humanos
y Deportes, delegándole las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto
de los citados ámbitos materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección,
supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Desarrollar, dirigir y ejecutar el modelo municipal de relación y atención con el
ciudadano, coordinando y centralizando las acciones necesarias con todas las
Áreas de Gobierno Municipal y Concejalías Delegadas.
b) La dirección y gestión en general de las actividades y servicios municipales relativos a Participación Ciudadana.
c) Proponer nuevas vías de participación ciudadana y espacios participativos en las
distintas áreas de actuación de la Corporación municipal.

BOCM-20231215-84

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