Majadahonda (BOCM-20231215-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

4. Devolución de ingresos indebidos. Aprobación y anulación de recibos y liquidaciones tributarias.
5. Aprobación del reconocimiento de obligaciones y de sus documentos justificativos que previamente hayan sido propuestas por los respectivos concejales-delegados de acuerdo con las cuantías y umbrales reflejadas en el apartado vigésimo del presente decreto.
6. Aprobación de los intereses de demora y, en general, el reconocimiento de
obligaciones dentro de los límites establecidos en las bases de ejecución del
presupuesto.
7. Ordenación de pagos para la constitución o modificación de anticipos de caja
fija previo decreto del alcalde de constitución o modificación de los mismos.
8. Aprobación de las órdenes de pago relativas a las reposiciones de anticipos
de caja fija, previa presentación y aprobación de la correspondiente cuenta
justificativa.
9. Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
10. Aprobación de actas de liquidación.
11. Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
12. Autorización de la toma de razón de endosos.
13. La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
14. La ratificación de los actos dictados por el tesorero municipal.
15. La interpretación de las normas tributarias propias del Ayuntamiento.
En materia de Recursos Humanos:
a) La Dirección, supervisión y gestión de la política de Recursos Humanos, incluyendo la prevención de riesgos laborales y la negociación colectiva.
b) La Dirección y supervisión del Plan de Formación para el personal municipal.
c) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las materias y
asuntos siguientes:
1. Comunicaciones del Ayuntamiento ante Administraciones y Organismos Públicos en materia de empleo público y laboral (Inspección de Trabajo, órganos jurisdiccionales, Tesorería General de la Seguridad Social, mutua de accidentes, etcétera).
2. Nombramiento, formalización de las actas de toma de posesión de los funcionarios y formalización de los contratos con el personal laboral y adopción de
la resolución de la finalización de contrato del personal laboral.
3. Aprobación de las situaciones administrativas del personal funcionario y circunstancias semejantes para el personal laboral, incluyendo reingresos al
servicio activo, concesión de excedencias, prolongación en el servicio activo
y las jubilaciones.
4. Reconocimiento de servicios previos al personal funcionario y aprobación del
complemento de antigüedad del personal laboral.
5. Convocatoria de procedimientos selectivos, designación de tribunales y la
aprobación de listas de admitidos y excluidos.
6. Aprobación de la nómina, anticipos y préstamos a empleados municipales, retribuciones que no sean fijas ni periódicas, productividad, horas extraordinarias y gratificaciones individuales.
7. Aprobación de las modificaciones de la jornada de trabajo y la movilidad en los
puestos (adscripciones, permutas, traslados y cambios de puesto de trabajo).
8. Gestión de la carrera administrativa y valoración del desempeño de los funcionarios y personal laboral, para lo cual ostentará la facultad de reorganizar
los Servicios.
9. Concesión de permisos, licencias y vacaciones del personal.
10. Concesión de ayudas sociales a los empleados municipales.
11. Autorización para asistencia a acciones formativas.
12. Aprobación de las dietas e indemnizaciones del personal.
13. Incoación de expedientes sancionadores e imposición de sanciones al personal de naturaleza estatutaria y al de carácter laboral, a excepción de los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se regirán por su régimen
específico, y de las sanciones que impliquen despido o separación del servicio, así como de las sanciones a imponer a los efectivos de la Policía Local

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