Majadahonda (BOCM-20231215-83)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

decimoquinto de este decreto y, en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) La promoción, gestión, seguimiento y coordinación de las actividades de la cultura en el ámbito municipal.
b) La coordinación de la gestión y programación de los espacios escénicos y centros
culturales adscritos a la Concejalía, incluidos la Casa de la Cultura y la Biblioteca Municipal.
c) La organización de los festivales, ciclos y eventos culturales. También de carácter
no permanente.
d) El ejercicio de las funciones relativas a entidades culturales, especialmente con la
Fundación Francisco Umbral.
e) Dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general.
f) Aprobación y modificación de las bases de concursos literarios, artísticos y culturales, así como sus convocatorias, la designación de los miembros de los pre-jurados lectores y jurados de dichos concursos.
Decimocuarto.—Designar a D.a Rocío Manzaneque Ramos, concejal-delegada de Relaciones Institucionales, Mujer, Inclusión Social y Atención a la Discapacidad, integrada en
el Área de Bienestar, Cultura, Calidad de Vida y Relaciones Institucionales, delegándole
las facultades que corresponden legalmente a la Alcaldía respecto de los citados ámbitos
materiales, con el alcance que se establece en el apartado decimoquinto de este decreto y,
en concreto, las que se enuncian a continuación bajo la dirección, supervisión y coordinación del titular del citado Área:
a) Coordinar y supervisar las actividades y servicios municipales vinculados a las relaciones institucionales, especialmente en materia de comunicación corporativa.
b) Coordinar y supervisar la contratación de publicidad, patrocinios, publicaciones
en diferentes soportes, servicios de fotografía, audiovisuales, de diseño gráfico o
de actos institucionales y protocolarios, entre otros servicios vinculados a la materia de comunicación y de relaciones institucionales.
c) Gestión del Portal de Transparencia y cumplimiento de la normativa en la materia,
así como la gestión, tramitación y respuesta de los asuntos procedentes del Defensor del Pueblo y, en su caso, de sus Adjuntos.
d) Organización de matrimonios civiles celebrados por miembros corporativos.
e) Coordinar y supervisar el seguimiento de los hermanamientos existentes con otras
ciudades y localidades extranjeras, así como los nuevos que puedan contraerse en
el futuro.
f) La dirección y gestión de las áreas y servicios municipales en materia de Mujer,
Atención a la Discapacidad, Inmigración, Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria.
g) Promover, en el marco de las competencias municipales, las condiciones que hagan efectiva la igualdad de la mujer.
h) Coordinar las políticas preventivas que permitan reducir la violencia de género y
las de carácter asistencial que permitan paliar las consecuencias de la misma.
i) Proponer y ejecutar las medidas preventivas y paliativas que permitan la integración de los colectivos con mayor riesgo de exclusión social.
j) Promover la integración de los inmigrantes y emprender las actuaciones que contribuyan a ello dentro del término municipal.
k) La emisión del informe municipal de inserción social, a que se refiere la normativa
reguladora de las autorizaciones de residencia temporal de extranjeros, por circunstancias excepcionales y, concretamente, por razones del denominado arraigo
social.
l) La expedición del oficio, dirigido al Delegado o Subdelegado del Gobierno, por el
que se recomiende la exención del requisito de contar con un contrato de trabajo,
de conformidad con la normativa de aplicación, establecida por la Ley Orgánica
sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y
el Reglamento que desarrolla la misma.
m) La dirección y gestión de las áreas y servicios municipales en materia de Atención
a Personas con Discapacidad.
n) Promover y procurar, en el marco de las competencias municipales, la asistencia a
las personas con discapacidad y facilitar la integración de los mismos en la vida
laboral.

BOCM-20231215-83

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