San Fernando de Henares (BOCM-20231215-97)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones trabajo Policía Local
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 298

VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 621

JORNADA LABORAL ANUAL POLICÍA LOCAL SFDH
TURNO DE MAÑANA / TARDE / NOCHE
UNIDADES OPERATIVAS
JORNADAS

MOTIVO DESCUENTO
DE JORNADAS

N.º DÍAS JORNADA
LABORAL

365

- 183

Descansos semanales

182

182

- 14

Vacaciones

168

168

-6

Asuntos Propios

162

Art. 9. Calendario y cuadrante laboral.—1. Anualmente se confeccionará, por
parte de la Jefatura, el oportuno cuadrante general de servicios, manteniendo las secuencias
y horarios establecidos en el presente acuerdo.
2. Antes de la aprobación definitiva por parte de la Alcaldía-Presidencia o Concejalía en la que delegue del cuadrante general anual, se informará del mismo tanto a los representantes sindicales como a Jefatura.
3. Para el exacto cumplimiento del mismo número de horas anuales por todos los funcionarios de policía, se aplicarán las correcciones oportunas en el número de días trabajados.
En dicho cuadrante se especificará la distribución horaria, los descansos semanales y los turnos correspondientes encontrándose disponible desde el 1 de diciembre del año anterior.
4. Para la asignación de servicios en Fiestas Patronales, se tendrá en cuenta lo acordado en el Acuerdo Específico de Fiestas Patronales, si lo hubiere.
5. Estos cuadrantes solo se podrán modificar durante el año por causas de fuerza mayor, entendiéndose como fuerza mayor: siniestros, calamidades y catástrofes.
Art. 10. Permutas.—Podrán efectuarse permutas, con autorización expresa de la Jefatura y según las necesidades del servicio, de acuerdo a las siguientes normas:
1. No se autorizarán permutas entre componentes de diferentes turnos de trabajo.
2. Las permutas se realizarán en formato oficial y dirigido a la Jefatura de Policía,
definiendo tanto el cambio como el agente que se realiza del mismo turno de trabajo.
Art. 11. Vacaciones y permisos retribuidos:
A) Vacaciones:
1. Para conseguir el mínimo presencial por turno de trabajo, así como, la realización efectiva del cómputo anual fijado para este colectivo, los componentes de
Policía Local destinados a las Unidades Operativas (Ups) disfrutarán de 14 jornadas de vacaciones, los cuales se solicitarán en 2 períodos de 7 días, ya que
la diferencia de éstos hasta los 22 días hábiles previstos en el artículo 50 del
TREBEP será compensada con el sistema de turnos y libranzas que figuran en
el presente Acuerdo.
2. Con respecto a los 2 períodos vacacionales a disfrutar por los componentes de
las Unidades Operativas, los días de libranzas anteriores y posteriores al período vacacional no se podrán modificar salvo en caso de catástrofes sobrevenidas o con el consentimiento del interesado.
3. Las modificaciones llevadas a cabo en lo relativo a permisos y vacaciones, seguirán vigentes siempre y cuando las cadencias de los turnos se mantengan en
cuadrantes de 7 días trabajados por 7 días libres.
4. Los componentes de las Unidades de JEFATURA y OAC del Cuerpo de Policía Local de San Fernando de Henares, disfrutarán de 22 días laborales de vacaciones como establece el artículo 50 del TREBEP.
B) Permisos retribuidos:
1. Para el disfrute de los permisos retribuidos se estará a lo dispuesto en la regulación general contenida en el articulado del Acuerdo del personal funcionario
del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, vigente en cada momento.
2. Los permisos retribuidos, excepto los días de asuntos particulares y los días y
horas de permiso derivados del presente Acuerdo, se concederán de manera
automática, una vez producido el hecho causante.
3. Los días de asuntos particulares y los días y horas de permiso derivados del
presente Acuerdo, se deberán solicitar con al menos tres días hábiles de antelación a la fecha propuesta para su disfrute.
4. La denegación del disfrute de los permisos señalados en el párrafo anterior
será notificada personalmente por escrito al solicitante con una antelación mínima de dos días hábiles a la fecha en que hubieran de disfrutarse.

BOCM-20231215-97

NÚMERO DE DÍAS
JORNADA ANUAL