San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20231214-82)
Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 464

JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 297

Artículo 149.- Decomisos
1.
Además de los supuestos en que así se prevé expresamente en esta Ordenanza, los
agentes de la autoridad podrán, en todo caso, decomisar los utensilios y el género objeto de la
infracción o que sirvieron, directa o indirectamente, para la comisión de aquélla, así como el
dinero, los frutos o los productos obtenidos con la actividad infractora, los cuales quedarán bajo
la custodia municipal mientras sea necesario para la tramitación del procedimiento sancionador
o, a falta de éste, mientras perduren las circunstancias que motivaron el decomiso.
2.
Los gastos ocasionados por el decomiso correrán a cargo del causante de las
circunstancias que lo han determinado.
3.
Si se trata de bienes fungibles, se destruirán o se les dará el destino adecuado. Los
objetos decomisados se depositarán a disposición del órgano sancionador competente para la
resolución del expediente. Una vez dictada resolución firme y transcurridos dos meses sin que el
titular haya recuperado el objeto, se procederá a su destrucción o se entregará gratuitamente a
entidades sin ánimo de lucro con finalidades sociales.

CAPÍTULO V.Ǧ MEDIDAS DE EJECUCIÓN FORZOSA
Artículo 150.- Multas coercitivas
Para la ejecución forzosa de las resoluciones, el Ayuntamiento podrá imponer multas coercitivas,
de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sectorial.

DISPOSICIÓN ADICIONAL
1. Lo establecido en esta Ordenanza no impedirá la aplicación del régimen sancionador
previsto. Lo establecido en esta Ordenanza no impedirá la aplicación del régimen
sancionador previsto.
2. En todo caso, no podrán ser sancionados los hechos sancionados penal o
administrativamente en los casos en que se aprecie identidad de sujeto, hecho y
fundamento.
3. En el caso que la multa sea sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad, se
sustituirá una hora de trabajo por cada 10 euros de sanción, no pudiendo realizarse en
un día más de cuatro horas.
4.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Los expedientes incoados por infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de esta
Ordenanza se regirán, en aquello que no perjudique a la persona imputada, por el régimen
sancionador vigente en el momento de cometerse la infracción.

DISPOSICION DEROGATORIA
1. A partir de la entrada en vigor de esta Ordenanza quedan derogadas cuantas
disposiciones municipales se opongan a la misma.

BOCM-20231214-82

2. Quedan vigentes todas las disposiciones que expresamente no contradigan a lo
establecido en esta Ordenanza.