Cubas de la Sagra (BOCM-20231213-52)
Urbanismo. Estatutos Junta Compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023

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Art. 43.b). De las obligaciones de los miembros.—“Son obligaciones de los miembros de la Junta las siguientes:
b) Registrar en la Secretaría de la Junta su domicilio a efectos de las citaciones y comunicaciones. Se entenderá como bien dirigida cualquier comunicación hecha por
la Junta al domicilio que de cada socio figura en el libro del Registro.
Asimismo, los socios deberán comunicar a la Junta una dirección de correo electrónico a la que se dirigirán las convocatorias y comunicaciones de la Junta y desde la que el socio se podrá dirigir a la Junta. Los socios que no faciliten dicha dirección de correo electrónico carecerán de derecho a participar en las Asambleas Generales de forma telemática”.
Visto lo anterior, por estos servicios técnicos no se aprecia que las modificaciones
solicitadas vulneren ninguna norma legal o reglamentaria, ni resulten contradictorias con
el resto del articulado y bases de los Estatutos y Bases de Actuación aprobados, ajustándose íntegramente a lo dispuesto en el artículo 27 del RGU en relación con el artículo 166
del mismo.
Visto el informe jurídico favorable con fecha 21 de noviembre de 2023.
Por todo lo dispuesto anteriormente y de conformidad con lo establecido en el artículo 161 y siguientes del RGU y 83.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
común de las Administraciones Públicas, que señalan las circunstancias y determinación
que deben contener los Estatutos, el procedimiento a seguir y la duración del plazo de información pública que se establece en veinte días, se considera oportuno elevar a la Junta
de Gobierno, para su aprobación, si procede, la siguiente:
Propuesta de acuerdo

BOCM-20231213-52

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos de la Junta de Compensación del S-12 por la Junta de Compensación del ámbito, dando una nueva redacción
a los artículos 21, 31, 41 y 43.b), conforme al acuerdo adoptado por la Asamblea General
de dicha entidad urbanística el 11 de abril de 2023.
Segundo.—Someter dicha modificación al trámite ordinario de información pública
durante un plazo de veinte días, a cuyo efecto se insertará el correspondiente anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se notificará individualmente a todos
las personas propietarias y titulares de derechos afectos a tenor de lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por el Real Decreto 3288/1978,
de 25 de agosto. Durante el período de información pública, las personas propietarias y demás afectadas podrán formular las alegaciones que a sus derechos convengan».
En Cubas de la Sagra, a 23 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Antonio
Naranjo Martín.
(02/19.793/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791