Alcobendas (BOCM-20231211-51)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 245
el Capítulo II del Real Decreto 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público”.
Y demás requisitos contenidos en la Ficha de Puesto de Trabajo vigente aprobada por
Decreto de la Delegación de Urbanismo, Vivienda y Gestión de Talento n.o 15646, de fecha 31/10/2023.
Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso.
3.a
Funciones del puesto
4.a
Solicitudes
Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace:
https://alcobendas.convoca.online/ seleccionando la convocatoria “PT 2023-014 un puesto
de Jefe/a de Cultura”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.
En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación
necesaria que acredite los méritos alegados por cada aspirante, salvo la que ya obre en poder de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas.
BOCM-20231211-51
Las funciones y cometidos del puesto son las recogidas en la correspondiente Ficha de
puesto, aprobada por Decreto del concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda y Gestión de
Talento n.o 15646, de fecha 31/10/2023 y son las siguientes:
1. Ser el responsable de los programas asignados por su superior jerárquico, en cuanto a la gestión de los servicios de Cultura.
2. Supervisar, desarrollar y ejecutar los programas, procesos y proyectos asignados
a su órgano, así como realizar su seguimiento y evaluación.
3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:
— La Programación anual.
— Los Presupuestos del Órgano.
— Así como en la planificación de los mismos.
4. Organizar, con la mayor eficiencia, todos los medios y recursos disponibles en el órgano, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior jerárquico todos
los asuntos que lo requieran para poder alcanzar los objetivos previstos en sus programas.
5. Planificar, controlar y coordinar las actuaciones y trabajos a desarrollar por su
equipo de trabajo (colaboradores).
6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando.
Participar en reuniones internas y externas con otros Organismos oficiales.
7. Coordinar las actuaciones y criterios generales relacionados con el trabajo de Cultura.
8. Realizar las tareas y actividades que por su naturaleza requieran su intervención
directa y otras encomendadas por su superior jerárquico, así como resolver los asuntos planteados por sus colaboradores.
9. Despachar periódicamente con su superior jerárquico aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión, asimismo, informarle del progreso de los programas del órgano, para evaluar las desviaciones y proponer medidas correctoras.
10. Vigilar y controlar el cumplimiento de la política y normas de RR.HH. en su órgano, informando a su superior de aquellos aspectos cuyo conocimiento o decisión considere oportuno.
Además de las anteriores, son funciones específicas de esta Jefatura las siguientes:
— La gestión, coordinación, supervisión y seguimiento de los contratos mayores del Área.
— La gestión, coordinación, supervisión y seguimiento de los expedientes de cesión
de espacios, donaciones, convenios, contratos menores en concurrencia, sistemas
dinámicos de adquisición, encargos a medio propio, auditorías, reconocimientos
extrajudiciales, convalidaciones de deuda, devoluciones de ingresos y responsabilidad patrimonial.
— La confección de informes jurídicos necesarios para los expedientes que tramita el
Área de Cultura y que no correspondan a la Asesoría Jurídica.
— Preparación del proyecto de presupuesto anual, gestión, coordinación, supervisión
y seguimiento de los expedientes de modificación de crédito: suplementos, crédito extraordinario, transferencias y generaciones de crédito, así como modificaciones fiscales.
B.O.C.M. Núm. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 245
el Capítulo II del Real Decreto 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público”.
Y demás requisitos contenidos en la Ficha de Puesto de Trabajo vigente aprobada por
Decreto de la Delegación de Urbanismo, Vivienda y Gestión de Talento n.o 15646, de fecha 31/10/2023.
Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso.
3.a
Funciones del puesto
4.a
Solicitudes
Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace:
https://alcobendas.convoca.online/ seleccionando la convocatoria “PT 2023-014 un puesto
de Jefe/a de Cultura”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.
En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación
necesaria que acredite los méritos alegados por cada aspirante, salvo la que ya obre en poder de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Alcobendas.
BOCM-20231211-51
Las funciones y cometidos del puesto son las recogidas en la correspondiente Ficha de
puesto, aprobada por Decreto del concejal-delegado de Urbanismo, Vivienda y Gestión de
Talento n.o 15646, de fecha 31/10/2023 y son las siguientes:
1. Ser el responsable de los programas asignados por su superior jerárquico, en cuanto a la gestión de los servicios de Cultura.
2. Supervisar, desarrollar y ejecutar los programas, procesos y proyectos asignados
a su órgano, así como realizar su seguimiento y evaluación.
3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:
— La Programación anual.
— Los Presupuestos del Órgano.
— Así como en la planificación de los mismos.
4. Organizar, con la mayor eficiencia, todos los medios y recursos disponibles en el órgano, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior jerárquico todos
los asuntos que lo requieran para poder alcanzar los objetivos previstos en sus programas.
5. Planificar, controlar y coordinar las actuaciones y trabajos a desarrollar por su
equipo de trabajo (colaboradores).
6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando.
Participar en reuniones internas y externas con otros Organismos oficiales.
7. Coordinar las actuaciones y criterios generales relacionados con el trabajo de Cultura.
8. Realizar las tareas y actividades que por su naturaleza requieran su intervención
directa y otras encomendadas por su superior jerárquico, así como resolver los asuntos planteados por sus colaboradores.
9. Despachar periódicamente con su superior jerárquico aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión, asimismo, informarle del progreso de los programas del órgano, para evaluar las desviaciones y proponer medidas correctoras.
10. Vigilar y controlar el cumplimiento de la política y normas de RR.HH. en su órgano, informando a su superior de aquellos aspectos cuyo conocimiento o decisión considere oportuno.
Además de las anteriores, son funciones específicas de esta Jefatura las siguientes:
— La gestión, coordinación, supervisión y seguimiento de los contratos mayores del Área.
— La gestión, coordinación, supervisión y seguimiento de los expedientes de cesión
de espacios, donaciones, convenios, contratos menores en concurrencia, sistemas
dinámicos de adquisición, encargos a medio propio, auditorías, reconocimientos
extrajudiciales, convalidaciones de deuda, devoluciones de ingresos y responsabilidad patrimonial.
— La confección de informes jurídicos necesarios para los expedientes que tramita el
Área de Cultura y que no correspondan a la Asesoría Jurídica.
— Preparación del proyecto de presupuesto anual, gestión, coordinación, supervisión
y seguimiento de los expedientes de modificación de crédito: suplementos, crédito extraordinario, transferencias y generaciones de crédito, así como modificaciones fiscales.