D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231208-3)
Convenio –  Convenio de 23 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 17.500 euros, para para el mantenimiento del Museo Ulpiano Checa, ubicado en esa localidad durante el año 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE DICIEMBRE DE 2023

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4. Hallarse, con carácter previo a la concesión de la subvención y también con anterioridad al pago de la misma, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no
tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. A tal fin, previamente a la
tramitación de los pagos, deberá aportar certificación emitida por la Cámara de Cuentas en
la que conste que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado Organismo.
En el caso de que la propuesta de pago se efectúe con anterioridad al 1 de noviembre de 2023
las cuentas corresponderán al ejercicio 2021. Si la propuesta de pago se realizara a partir de
dicha fecha las cuentas se referirán al ejercicio 2022.
6. Insertar el logotipo de la Comunidad de Madrid en toda publicidad que se realice
sobre las actividades subvencionadas, haciendo constar expresamente la colaboración de la
misma.
7. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad, así como toda alteración en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
8. Prestar colaboración y facilitar a la Intervención General de la Comunidad de
Madrid cuanta información le sea requerida en el ejercicio de sus funciones de control, a
cuyo fin deberá asumir los extremos referidos en el artículo 12.4 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Tercera
Gastos y período subvencionables
Serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza
de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo
establecido en el presente convenio, los vinculados a las actividades permanentes o periódicas, los costes de explotación directamente relacionados con la actividad cultural, los costes de personal, los de servicios de asesoramiento, entre otros, soportados por el beneficiario; no tendrán la consideración de gastos subvencionables los de inversión.
En concreto, la subvención se destinará a los gastos corrientes de mantenimiento del
Museo Municipal Ulpiano Checa, tal y como se recoge en la estipulación primera del presente convenio.
En todo caso, la cantidad máxima imputable a la subvención por todos los conceptos
anteriormente referidos no superará la cantidad de 17.500 euros.
El período subvencionable corresponde al año natural 2023.
Cuarta
Forma de justificación

1. Memoria, programas o material impreso acreditativos de la realización de la actividad subvencionada. Dichos materiales deberán aportar, en todo caso, información relativa al número de visitantes del Museo.
2. Declaración responsable firmada por el órgano que ostente la competencia haciendo constar que el beneficiario no es deudor por resolución de procedencia de reintegro de
subvenciones.
3. Justificar la aportación de la Comunidad de Madrid mediante la rendición de la
oportuna cuenta justificativa, que constará de facturas, nóminas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Se entienden incluidos en la subvención los gastos de personal y funcionamiento necesarios para la realización de la actividad.
No será necesario acreditar el pago efectivo de dichos gastos. El IVA será gasto subvencionable cuando no sea susceptible de recuperación o compensación por el beneficiario.
4. Asimismo, deberá presentar una relación de la ejecución del presupuesto durante
todo el ejercicio, con el mismo detalle que el presentado en la solicitud.

BOCM-20231208-3

La justificación, por el importe de la ayuda concedida, se realizará con la presentación
de la siguiente documentación: