D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20231208-2)
Convenio –  Convenio de 20 de noviembre de 2023, entre el Servicio Madrileño de Salud, y la Fundación Internacional Josep Carreras para la lucha contra la leucemia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 292

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 11

Tercero
Que el Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 24/2008,
de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales.
Cuarto
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 2/2022, de 26 de
enero, corresponde al titular de la Dirección General de Proceso Integrado de Salud, las
competencias en la dirección de los centros y organizaciones sanitarias adscritos y vinculados de su ámbito de actuación, integrados en el Servicio Madrileño de Salud.
Quinto
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño
de Salud, en referencia al contenido mínimo que para los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como
el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Que la Fundación Internacional Josep Carreras para la lucha contra la leucemia (en
adelante, la Fundación) mantiene y gestiona el Registro de Donantes de Médula Ósea, (en adelante REDMO) reconocido por el entonces Ministerio de Sanidad y Consumo según el
Acuerdo Marco de 13 de junio de 1994, y renovado por el Convenio con el entonces Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad en fecha 20 de mayo de 2018 y prorrogado mediante adenda firmada el pasado 1 de junio de 2021 y publicada mediante Resolución de 3 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica la
Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Organización Nacional de Trasplantes, O. A., y la Fundación Internacional Josep Carreras, para el desarrollo del programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos de donantes no emparentados.
Séptimo
Que dicho Convenio estipula que las Comunidades Autónomas, que deseen acogerse
al mismo, deberán firmar un convenio con la Fundación sobre la base y principios contenidos en el mismo.
Octavo
Que la consolidación del trasplante de progenitores hematopoyéticos (en adelante TPH)
como opción terapéutica está plenamente establecida y la inclusión de donaciones procedentes de sangre periférica, médula ósea y de cordón umbilical y hacen conveniente la suscripción del presente convenio entre el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación, por el que
se regulan los términos y condiciones en que las entidades firmantes colaborarán en el funcionamiento del REDMO.
Dado lo anterior, las partes desean formalizar mediante el presente convenio los objetivos, actividades y medios para el desarrollo de las funciones encomendadas a cada una de
ellas, en orden a una mejor atención de los pacientes de la Comunidad de Madrid necesitados de un TPH procedente de donante no emparentado.
De conformidad con lo anterior, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes;

Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre las partes para mejorar la
atención sanitaria de los pacientes que necesitan un Trasplante de Progenitores Hematopoyéticos y la de los donantes no emparentados, que altruistamente deciden donar progenitores, sean residentes de la Comunidad de Madrid, de otras comunidades autónomas, o de cualquier lugar del mundo, para efectuar Trasplantes de Progenitores Hematopoyéticos.

BOCM-20231208-2

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