A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231207-2)
Estructura orgánica –  Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 291

Administración de la Comunidad de Madrid en materia de deporte y, en particular, las siguientes:
a) La propuesta de autorización, reconocimiento, revocación e inscripción de las federaciones deportivas madrileñas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como de aprobación de los estatutos y reglamentos de las
mismas.
Asimismo, el reconocimiento e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas
de la Comunidad de Madrid del resto de asociaciones y entidades deportivas de la
Comunidad de Madrid diferentes de las federaciones deportivas madrileñas.
b) La inspección de los libros y documentos oficiales y reglamentarios de las federaciones deportivas madrileñas; la convocatoria de los órganos colegiados de gobierno y control para el debate y resolución, si procede, de asuntos y cuestiones
determinadas, cuando aquellos no hubiesen sido convocados por los órganos que
tengan la obligación estatutaria o legal de hacerlo en tiempo reglamentario.
La propuesta de suspensión motivada, de forma cautelar o provisional, del presidente o de los demás miembros de los órganos directivos, cuando se hubiese incoado
contra los mismos expediente disciplinario como consecuencia de presuntas infracciones o irregularidades muy graves tipificadas como tales en el artículo 51 de la Ley
15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y la identificación de las federaciones deportivas madrileñas que deben someterse a auditorías
de gestión, de acuerdo con lo establecido en la Orden 1293/2022, de 17 de agosto,
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece el Plan de
Auditorías financieras y de gestión de las federaciones deportivas madrileñas.
c) La adopción de acuerdos con las federaciones deportivas madrileñas sobre sus objetivos y programas deportivos, en especial los relativos al deporte de competición, sus presupuestos y sus estructuras orgánicas y funcionales.
d) La propuesta de autorización, con carácter excepcional, de la aprobación por las
federaciones deportivas de presupuestos deficitarios, y la autorización de los gastos plurianuales de las mismas en los supuestos reglamentariamente previstos. La
determinación del destino del patrimonio neto de aquellas en caso de disolución;
el control de las subvenciones que se les hubiese otorgado, sin perjuicio de las
competencias de otros órganos; y la autorización del gravamen y enajenación de
sus bienes inmuebles, cuando estos hayan sido financiados total o parcialmente
con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
e) La propuesta de revocación de funciones públicas delegadas de carácter administrativo y de la avocación de asuntos relativos a tales funciones públicas delegadas,
correspondientes a las federaciones deportivas madrileñas.
f) La propuesta de concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y,
en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a
las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito
material de competencias de la dirección general.
El fomento o la promoción deportiva de la Comunidad de Madrid, en el ámbito
material de competencias de la dirección general.
g) El conocimiento y supervisión de los programas de actuación y los balances económicos de las federaciones, asociaciones y entidades que reciban subvenciones
y ayudas de la Comunidad de Madrid en materia deportiva.
h) El reconocimiento de la existencia de modalidades deportivas.
i) La gestión de los aspectos relativos a la participación de deportistas que representen a la Comunidad de Madrid en las fases supraautonómicas de las competiciones que sean de su competencia.
j) La propuesta de autorización de las competiciones deportivas de carácter estatal e
internacional que se celebren en el territorio de la Comunidad de Madrid que no
tengan carácter oficial.
k) La colaboración en la organización, promoción y difusión en el territorio de la Comunidad de Madrid de eventos deportivos, o la organización o coorganización, si
procede, y, en su caso, patrocinio de los mismos, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros entes, entidades u organismos.
l) El impulso, la organización, en su caso, y la colaboración en el desarrollo de la
competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población,
prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así
como en categorías inferiores.

BOCM-20231207-2

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