A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231207-2)
Estructura orgánica –  Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

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Capítulo V
Dirección General de Turismo y Hostelería
Artículo 9
Competencias de la Dirección General de Turismo y Hostelería
Corresponde a la Dirección General de Turismo y Hostelería, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, el ejercicio de las
atribuidas a la Administración de la Comunidad de Madrid en materia de turismo y hostelería y, en particular, las siguientes:
a) La coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su
sostenibilidad.
b) La elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora.
c) La ordenación del sector turístico y de su infraestructura.
d) La coordinación con otros órganos de la Administración de la Comunidad de
Madrid, incluida la institucional, así como con las corporaciones locales y sus empresas y entidades públicas en cuantas actuaciones con incidencia en el sector turístico realicen en el ejercicio de sus respectivas competencias.
e) La promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional, sin
perjuicio de las competencias de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
f) El desarrollo de programas y acciones para la promoción y mejora de la oferta de
la hostelería de la Comunidad de Madrid.
g) El impulso a la profesionalización del sector turístico.
h) La preparación y tramitación de los expedientes de declaración de fiestas de interés turístico, municipio turístico y premios de turismo.
i) El control de calidad e inspección de las instalaciones y de la prestación de los
servicios de las empresas, profesiones y actividades turísticas.
j) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística en el marco de las disposiciones de la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo en la Comunidad de Madrid, y del Libro Cuarto del Texto Refundido de la Ley General
para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias,
aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
k) La resolución de los conflictos por vía de conciliación en materia turística.
l) El control de la actividad turística a través de las declaraciones responsables presentadas por los establecimientos y empresas turísticas y su inscripción en el Registro de Empresas Turísticas.
m) La información sobre la oferta turística de la Comunidad de Madrid y su coordinación con otras administraciones e instituciones.
Artículo 10
Estructura de la Dirección General de Turismo y Hostelería
La Dirección General de Turismo y Hostelería se estructura en las siguientes unidades
administrativas con nivel orgánico de subdirección general:
a) Subdirección General de Ordenación y Desarrollo Normativo.
b) Subdirección General de Promoción Turística.
c) Subdirección General de Sostenibilidad y Desarrollo Turístico.
d) Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa.

Dirección General de Deportes
Artículo 11
Competencias de la Dirección General de Deportes
Corresponde a la Dirección General de Deportes, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, el ejercicio de las atribuidas a la

BOCM-20231207-2

Capítulo VI