A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231207-2)
Estructura orgánica –  Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 291

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

En el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se estableció el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, se incluye a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a la que se han atribuido las competencias que ostentaba hasta ese momento.
Mediante el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se determinaron los órganos superiores y directivos de cada Consejería, así como los entes, organismos y empresas adscritos, incluyendo en su artículo 9 la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte.
Una vez aprobado el Decreto 76/2023, de 5 de julio, se plantea la conveniencia de incorporar ciertos cambios en la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, con el fin de su racionalización y mejora de la eficacia en su funcionamiento. En
este sentido la Dirección de Área de la Oficina del Español que estaba adscrita a la Dirección General de Patrimonio Cultural, queda suprimida, y la citada Dirección General pasa
a denominarse Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español. Igualmente, la Dirección General de Promoción Cultural pasa a denominarse Dirección General de
Cultura e Industrias Creativas.
En consecuencia, procede ahora concretar la estructura y competencias de los distintos órganos administrativos que integran la citada Consejería, hasta el nivel orgánico de
subdirección general, así como los órganos y entes que integran su administración institucional y los órganos colegiados adscritos o vinculados.
Tanto el contenido como la tramitación seguida por este Decreto se ajustan a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como
en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de
carácter general en la Comunidad de Madrid.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria para
el desarrollo de la organización administrativa establecida en el Decreto 76/2023, de 5 de
julio, siendo el instrumento más adecuado para garantizar su consecución en atención a su
rango normativo.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, contiene la regulación imprescindible para definir la estructura y competencias de los órganos superiores y directivos de la
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Atendiendo al principio de seguridad jurídica, se adecua a la legislación estatal básica y
autonómica en la materia, ofreciendo un marco organizativo estable, integrado y coherente
con el ordenamiento jurídico en su conjunto y al marco normativo resultante, concretando lo
dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, y en el Decreto 76/2023, de 5 de julio.
En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobado el Decreto, será objeto de publicación en el Portal de Transparencia para general conocimiento y control de la
actuación pública.
Con respecto al principio de eficiencia, esta norma no conlleva cargas administrativas
para los ciudadanos. Asimismo, la estructura orgánica que se establece es la mínima indispensable para atender adecuadamente al ejercicio de las competencias asumidas respondiendo así
a la necesaria racionalización en la gestión de los recursos públicos asignados a la Consejería.
Finalmente, se adecúa a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, en cuanto que el gasto previsto se financiará dentro del presupuesto de gasto de
la Comunidad de Madrid.
Por su carácter organizativo, este Decreto se ha tramitado conforme al procedimiento
simplificado previsto en el artículo 12 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo. Se han emitido

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