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Convenio –  Convenio de 20 de noviembre de 2023, entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

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objetivos, medios y recursos para la aplicación de los servicios y prestaciones previstos en
el capítulo II del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
El objeto del convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada
una de las partes intervinientes para la financiación del nivel de protección acordado previsto en el artículo 7.2 de la citada ley.
2. Asimismo, el presente convenio tiene por objeto financiar, mediante el establecimiento de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el Plan de choque acordado
por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia y, en general: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la calidad de los servicios y de las condiciones laborales de las personas que trabajan en el SAAD y mejora de las intensidades de los servicios y prestaciones.
Segunda

1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 12 de mayo de 2023, por el que se aprueba el Marco de Cooperación
Interadministrativa y los criterios de reparto de los créditos de la Administración General
del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la Comunidad de Madrid mediante la participación en la financiación de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad.
La Administración General del Estado, a través del Imserso, aportará como cuantía
máxima ciento dieciséis millones cuatrocientos doce mil setecientos cuarenta y dos
euros con veinticuatro céntimos (116.412.742,24 euros) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto recogidos en el citado
Marco de Cooperación Interadministrativa.
Para la determinación de esta cantidad se ha tomado en consideración la distribución
establecida en el Marco de Cooperación Interadministrativa para el año 2023, así como lo
recogido en el punto 10 del apartado IV del Marco de Cooperación Interadministrativa para
el año 2022, y lo dispuesto en el apartado sexto de la cláusula sexta del Convenio entre la
Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Marco
de Cooperación Interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia y
para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2022.
La Comunidad de Madrid aportará, para la financiación del presente convenio, con
cargo a sus propios presupuestos, un crédito inicial de ciento dieciséis millones cuatrocientos
doce mil setecientos cuarenta y dos euros con veinticuatro céntimos (116.412.742,24 euros),
con cargo a las aplicaciones: 231A “Atención social especializada a personas con enfermedad mental”; 231F Atención especializada a personas con discapacidad”; 231D “Atención a
personas mayores”; 231I “Coordinación de la Dependencia”; 239N “Dirección y coordinación
del Servicio Regional de Bienestar social”; 231H “Atención a personas mayores en residencias
y centros de día”; 231J “Atención a personas con discapacidad psíquica en centros”; 239M Dirección y Gestión Administrativa de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, 239O “Evaluación,
calidad e innovación”; Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por
la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel
acordado de protección del SAAD en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan
en las cláusulas siguientes.
Tercera
Servicios y prestaciones del SAAD
1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad Autónoma se ajustará a los

BOCM-20231207-40

Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: Objetivos, medios y recursos