D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231207-37)
Convenio –  Convenio de 14 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) y el Ayuntamiento de Montejo de la Sierra, en el que se establece el otorgamiento de una subvención directa por importe de 50.000 euros para el desarrollo de actuaciones de promoción y comunicación en el Hayedo de Montejo (Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón) en el año 2023
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BOCM

JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 291

mo se constituirá, en el plazo de 15 días hábiles a partir de la firma del convenio, una Comisión de seguimiento y coordinación que tendrá la siguiente composición:
— Dos representantes del Ayuntamiento de Montejo de la Sierra.
— Tres representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
El primero de ellos será el titular de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, o persona en quien delegue. Le corresponderá la Presidencia de la
Comisión.
Los dos restantes serán funcionarios adscritos a la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal nombrados por su titular. A uno de ellos le corresponderá la Secretaría de la Comisión.
Corresponde a esta Comisión promover la realización de actividades de interés común
para ambas Instituciones, siempre dentro del ámbito del contenido del Convenio determinado en el mismo.
En ningún caso, corresponde a la Comisión de seguimiento y coordinación participar
en el control de la subvención directa otorgada.
Esta Comisión se reunirá al menos una vez al año y siempre que lo solicite cualquiera
de las partes, previa convocatoria de su Presidente.
Decimoprimera
Protección de datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad vigente.
Decimosegunda
Régimen jurídico del Convenio
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. El Orden Jurisdiccional Contencioso-administrativo será competente para conocer las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento.
En lo no previsto en el presente convenio serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid;
y la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimotercera
Vigencia del Convenio
La vigencia del presente Convenio se extenderá desde la fecha de la firma hasta el día 31 de
diciembre de 2023.
Decimocuarta
Extinción del Convenio
De conformidad con el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

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