Alcorcón (BOCM-20231205-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

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especialistas y personal auxiliar se publicará mediante anuncio del Tribunal de Selección
en la web municipal del Ayuntamiento de Alcorcón.
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento
en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso,
como funcionario de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases de carácter sucesivo:
— Concurso oposición, con 2 fases, de oposición y de concurso.
— Curso de formación. Será requisito indispensable superar, en una única convocatoria, el curso selectivo. Este curso selectivo será puntuable a efectos de determinar la calificación final de los aspirantes.
— Periodo de prácticas.
6.1. Fase de oposición.
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas que tendrán carácter eliminatorio, llevándose a efecto su realización en el orden siguiente:
6.1.1. Pruebas psicotécnicas. Serán homologadas mediante Resolución de la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de coordinación de policías locales, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de
personalidad de las y los aspirantes son los más adecuados para la función policial a desempeñar.
Para ello se realizarán:
— Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención-percepción y memoria visual.
— Pruebas de personalidad y capacidades: se valorarán aspectos tales como
estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales.
6.1.2. Pruebas físicas adecuadas a las funciones a realizar y tendentes a comprobar,
entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y
coordinación. Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
— Carrera de resistencia sobre 800 metros.
— Carrera de velocidad sobre 60 metros.
— Lanzamiento de balón medicinal.
— Salto de longitud desde posición de parado.
— Natación (25 metros).
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo VI.
Aquellas pruebas que requieran de cronometraje para su medición, esta podrá
ser realizada por los siguientes métodos reconocidos como oficiales:
1. Cronometraje Manual.
2. Cronometraje Totalmente Automático obtenido de un sistema de Foto Finish.
3. Cronometraje proporcionado por un Sistema de Transpondedores.
Para poder participar en estas pruebas se deberá acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas
físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un
colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona
aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para
la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en las bases. No
se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos.
Este certificado médico no excluye de la obligación de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la base 5.1.4 respecto a la cuarta
prueba de la fase de oposición.
En el desarrollo de estas pruebas se podrá realizar el pertinente control antidopaje al número de aspirantes que, previo acuerdo, determine el Tribunal. De

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6. Sistema selectivo de concurso oposición libre