Alcorcón (BOCM-20231205-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

— Anexo III. Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en
los casos previstos en la Ley.
— Certificación del Registro Central de delincuentes sexuales previsto en dicha ley
orgánica de no haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra
la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
3.5. Derechos de examen.
Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público
de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).
La tasa corresponde a la Tarifa “Plazas del Grupo C1 o asimilados”.
En el momento de realizar el ingreso, además de indicar el número de Documento Nacional de Identidad y el nombre y apellidos, el aspirante añadirá: “Proceso selectivo 16 plazas Policía Municipal de Alcorcón”.
En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.
No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión
de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del
interesado a las pruebas selectivas.
4. Admisión de candidatos
Lista provisional.—Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará por órgano competente resolución declarando aprobado el listado provisional de admitidos y
excluidos, que será expuesto en la web municipal del Ayuntamiento de Alcorcón.
( http://www.ayto-alcorcon.es ).
En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se publicará dicho listado
junto con el plazo de subsanación de los defectos en los términos del artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Subsanación.—Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en
la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación del listado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su
no inclusión expresa.
Relación definitiva.—Una vez finalizado el plazo de subsanación al que se refiere la
base anterior, el órgano competente dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en la WEB municipal del Ayuntamiento de Alcorcón. (http://www.ayto-alcorcon.es) junto con el lugar, día y la hora de celebración del primer ejercicio.

El Tribunal de Selección estará compuesto por un Presidente, un Secretario y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas, todos ellos con titulación igual
o superior a la plaza a cubrir.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a
los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad
entre mujer y hombre.
La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a
las plazas convocadas. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
En la composición del Órgano de Selección se tendrá en cuenta que un vocal, así como
su suplente serán designados por Comunidad de Madrid.
El Órgano de Selección podrá actuar asistida de asesores técnicos con voz, pero sin
voto y estará facultada para resolver las dudas e incidencias que se presente, así como para
adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo, en
todo aquello no previsto expresamente en las bases. El nombramiento de los/las asesores/as

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5. Órganos de selección