Valdemoro (BOCM-20231205-103)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 289

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Nombramiento como funcionario en prácticas:
Terminado el plazo de presentación de documentos, la persona aspirante será nombrada Policía “en prácticas” por el órgano competente.
Al aspirante que resulte nombrado Policía “en prácticas” se le comunicará en el mismo nombramiento, la fecha en que deberán presentarse para dar comienzo el curso selectivo de formación, momento desde el que empezarán a percibir las retribuciones económicas
que para los funcionario/as en prácticas establezca la legislación vigente.
En caso de no incorporarse en la fecha indicada, se les considerará decaído en su derecho.
Ningún aspirante podrá ostentar la condición de funcionario en prácticas del Ayuntamiento de Valdemoro en más de una categoría o en la misma categoría de Policía por diferentes sistemas de acceso, por lo que, en su caso, deberá optar por su continuación en uno
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo
o sistema de acceso en que haya sido propuesto por el correspondiente Tribunal Calificador.
11. Curso selectivo de formación:
Será requisito indispensable, en cuanto a la segunda fase del proceso selectivo, superar
un curso selectivo de formación organizado y realizado por el Ayuntamiento de Valdemoro,
que debe ser planificado en su contenido, duración y criterios de valoración y homologado
por el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de
Madrid, y cuya duración no será inferior a un mes ni superior a tres meses.
El curso selectivo se puntuará de 0 a 10, siendo necesario obtener un mínimo de 5 para
superarlo. La valoración del mismo se realizará por el Tribunal Calificador a la vista de la
propuesta emitida por los responsables del curso de formación impartido por el Ayuntamiento de Valdemoro.
Concluido dicho curso, el funcionario perteneciente a Cuerpos de otras Policías Locales de la Comunidad de Madrid volverá a desempeñar su puesto de trabajo en dicha Administración hasta tanto sea nombrado funcionario de carrera en la categoría de Policía del
Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Valdemoro.
12. Calificación definitiva del proceso de movilidad:
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en el concurso y en el curso selectivo de formación, conforme a la siguiente ponderación:
[(C x 40) + (CSF x 60)] / 100
Donde C es la calificación obtenida en el concurso de méritos y CSF la obtenida en el
curso selectivo de formación.
13. Nombramiento y toma de posesión:
13.1. Nombramiento: Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal publicará en la sede
electrónica del Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación y se elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Valdemoro.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Los nombramientos deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
13.2. Toma de posesión: La persona nombrada funcionario de carrera deberá tomar
posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quien sin causa justificada no tomara posesión dentro del plazo señalado, no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido. Asimismo,
desde la toma de posesión, el funcionario quedará obligado a utilizar los medios que para
el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento.

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