Valdemoro (BOCM-20231205-103)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

— Cuarto criterio: por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el escalonamiento por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Hecha pública la valoración de méritos, con la relación provisional de aprobados podrá
interponerse, en el plazo de diez días hábiles, alegaciones contra el resultado o solicitudes de
subsanación de méritos alegados en plazo pero no acreditados correctamente, admitiéndose
únicamente, en este último caso, cuando el aspirante demuestre la imposibilidad de su acreditación durante el plazo de instancias.
8.2. Propuesta del Tribunal Calificador: Resueltas las reclamaciones, si las hubiera,
el Tribunal Calificador hará público en sede electrónica el acta con la propuesta definitiva.
De no presentarse alegaciones, la propuesta provisional pasará a definitiva. La propuesta definitiva se elevará al órgano competente para que proceda al nombramiento en
prácticas según lo descrito en la base décima.
Superarán el concurso los aspirantes que obtengan, una vez sumados todos los puntos,
las calificaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de plazas convocadas, sin
que pueda considerarse que han superado el concurso, obtenido plaza o quedado en expectativa de destino, los aspirantes si no figuran en la propuesta del Tribunal.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura
de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes de su
nombramiento como funcionarios en prácticas, o cuando de la documentación aportada por
los aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá
requerir del Tribunal relación complementaria de los aspirantes que, habiendo superado la fase
de concurso, sigan al propuesto a su posible nombramiento como funcionario en práctica.
9. Presentación de documentos:
9.1. Documentos exigibles: una vez concluida la fase de concurso y previamente al
correspondiente nombramiento como funcionario en prácticas, el aspirante propuesto quedará obligado a presentar en el Departamento de Personal, todos los documentos originales
acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Sin el cumplimiento de este requisito, no se dará por válida la puntuación obtenida en
la fase de concurso y en consecuencia, la puntuación final del proceso selectivo.
Además, se aportarán los siguientes documentos:
a) Acreditación del documento nacional de identidad en vigor o documentos que los
sustituyan.
b) Acreditación del título exigido en las presentes bases.
c) Acreditación del permiso de conducir de la clase B o equivalente, expedido con
anterioridad a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.
d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades según la Ley 53/1984, y demás normativa aplicable sobre incompatibilidades
del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, mediante el ejemplar normalizado que será formalizado en el Departamento de Personal.
e) Nombramiento como funcionario de carrera de la categoría de Policía Local de
otros municipios de la Comunidad de Madrid.
f) Certificación expedida por la Administración Local de los servicios prestados en
la Policía Local.
Para la acreditación del requisito exigido en el apartado g) de la base segunda, se practicará el correspondiente reconocimiento médico por la Entidad Sanitaria que designe el
Ayuntamiento de Valdemoro (anexo I).
En el supuesto de que del examen de la citada documentación se dedujera que carecen de
los requisitos señalados en las bases de la convocatoria quedarían anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud.
9.2. Plazo presentación documentos: El plazo de presentación de los documentos será
como máximo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del candidato propuesto por el Tribunal, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Valdemoro.
9.3. Falta de presentación de documentos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado y
salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando

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