Cercedilla (BOCM-20231205-61)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 289

BOCM-20231205-61

2. Tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su
voto personal. Esto, no obstante, ejercerán las funciones y cumplimentarán
los deberes inherentes a sus cargos).
Lugar y plazo de presentación:
Los/as interesados/as deberán presentar su solicitud, presencialmente en el Registro
General del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 h., o electrónicamente
a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, www.cercedilla.es , en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del correspondiente
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuando el último día del
plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Documentación que deben aportar con la solicitud:
La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) DNI.
b) Certificado negativo de antecedentes penales reciente del que no resulte vigente
condena por delito doloso.
c) Currículum personal, y documentos acreditativos de los datos y méritos que se
aleguen en el mismo.
d) Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:
— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el
artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que va a residir en esta
localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de
Justicia.
— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad
o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En la misma solicitud, los candidatos/as deberán informar sobre:
• Si están afiliados/as a algún partido político o trabajan para él.
• Si están colegiados/as como abogado o procurador ejercientes
• Si son funcionarios/as o empleados/as de alguna administración pública.
Procedimiento de elección:
Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno del Ayuntamiento para la elección de la persona que, cumpliendo los requisitos legalmente establecidos, se considere más idónea. La elección deberá contar con el
voto favorable de la mayoría absoluta del Pleno corporativo.
En Cercedilla, a 22 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, David José Martín
Molpeceres.
(03/19.589/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791