Las Rozas de Madrid (BOCM-20231204-103)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 232

LUNES 4 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 288

REGLAMENTO ORGÁNICO DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
DEL AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID (ROGAR)
TÍTULO I
OBJETO DEL REGLAMENTO ORGÁNICO DE GOBIERNO
Y PRINCIPIOS GENERALES DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Artículo 1. Objeto.
La organización y el funcionamiento del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid se regirán por el
presente Reglamento, en el marco de la legislación estatal o autonómica. Las normas del presente
Reglamento se aplicarán con preferencia a cualquier otra que, referida a la materia, no tenga rango
de Ley del Estado español o de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. Prelación de fuentes.
En la regulación de las materias objeto de este Reglamento rige la siguiente prelación de fuentes:
a) Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General en las materias contenidas en sus artículos 186 y siguientes, y
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno.
b) Los preceptos de carácter básico del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, por el
que se aprueba el Texto Refundido de Régimen Local.
c) Ley 2/2003, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
d) El presente Reglamento Orgánico Municipal.
e) Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, que no sean reproducción de preceptos básicos
Artículo 3. Principios de legalidad, autonomía local y servicio objetivo al interés general.
1. El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid se organiza y actúa con sometimiento pleno a la Ley
y al Derecho, y ejerce sus competencias con sujeción a lo dispuesto en la Constitución Española,
en la legislación básica estatal sobre régimen local, dictada al amparo del artículo 149.1.18ª de la
Constitución Española, y en la legislación de régimen local que apruebe la Comunidad de Madrid
en el ámbito de sus competencias.
2. La organización y ejercicio de sus competencias se efectúa dentro de los límites de la autonomía local reconocida y protegida por la Constitución Española, interviniendo en cuantos asuntos
afecten al círculo de sus intereses.
3. Adoptará todas las medidas administrativas y ejercerá todas las acciones judiciales que considere oportunas frente a cualquier actuación o situación que constituya una vulneración del contenido constitucionalmente protegido de dicha autonomía local.
4. El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, bajo la superior dirección del Alcalde, sirve con objetividad y transparencia los intereses generales del municipio, tratando de alcanzar en todas las
facetas de la actuación corporativa las condiciones que aseguren el progreso y el bienestar de los
vecinos de Las Rozas de Madrid, garantizará la calidad y transparencia de la actuación municipal y
promoverá la coordinación y colaboración con las demás Administraciones Públicas, velando en
sus relaciones con los ciudadanos por la rápida y justa resolución de sus asuntos y actuando con
sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
5. Los miembros de la Corporación someterán su actuación a los siguientes principios y valores:

b) En la toma de decisiones defenderán los intereses generales de los vecinos, ajustando su
actuación a criterios de objetividad, imparcialidad, defensa del interés público, responsabilidad, austeridad, eficacia y eficiencia.
c) Las relaciones entre los miembros de la Corporación se regirán por los principios de lealtad
y respeto mutuos, evitando cualquier insulto o descalificación. Utilizarán un tono respetuoso
y responsable en sus manifestaciones y declaraciones. Avalarán sus posiciones con argumentos y datos objetivos.

BOCM-20231204-103

a) Respeto de los derechos y libertades constitucionales, transparencia, honestidad, solidaridad e igualdad.