B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20231201-13)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución 1770/2023, de 22 de noviembre, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se hace público el listado provisional de adjudicatarios y la baremación provisional de los aspirantes admitidos de la convocatoria aprobada por Resolución 901/2023, de 20 de junio, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el organismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de junio de 2023)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE DICIEMBRE DE 2023

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b) La formación, se acreditará mediante diploma o certificado de asistencia y/o aprovechamiento, puntuando cada curso de 20 horas o más, a 2 puntos por curso hasta un máximo de 8 puntos. Se concederá el mismo valor a cursos de aprovechamiento y asistencia. Se tendrán en cuenta todos los cursos emitidos por la
Comunidad de Madrid, Sindicatos, Promotores con Fondos Europeos recogidos
dentro del Acuerdo de Formación Continua para las Administraciones Públicas o
el Acuerdo para la Formación Profesional Continuada de la Comisión Nacional de
Salud. Así como los cursos de aprovechamiento y asistencia realizados en Universidades tanto públicas como privadas y colegios profesionales, excluyendo la formación reglada.
c) La experiencia profesional previa. Se acreditará por los candidatos mediante certificado de servicios prestados. Se valorará la experiencia acreditada como personal laboral de la Comunidad de Madrid en puestos en la misma área que el puesto que se convoca, asignando una puntuación de 0,2 puntos por mes trabajado en
un puesto de dichas características, hasta un máximo de 30 puntos. A estos efectos, se computarán los contratos desempeñados como interino u otras modalidades distintas del ordinario indefinido.
d) El nivel de carrera alcanzado, se acredita mediante certificado de servicios prestados. Se valorará la experiencia profesional en la Comunidad de Madrid, en un
puesto de nivel igual o superior por un período de 2 años o superior, 4 puntos.
e) Los méritos específicos adecuados para el desempeño del puesto de trabajo. Estos
méritos específicos vienen detallados en el Anexo I, según cada uno de los puestos
y se acreditarán mediante un certificado de funciones, en el que habrán de figurar
cada uno de los méritos para poder ser baremado. La puntuación indicada entre paréntesis tras la exposición de cada uno de los méritos comprende la puntuación por
dicho concepto. Se concederá dicha puntuación a aquellos aspirantes que acrediten
haber desempeñado tales funciones a través de certificado de funciones, independientemente del tiempo de desempeño de las mismas. Cada valor que tiene el mérito se multiplica por 5 puntos, con un máximo de 40 puntos en total.
Tercero
Tal y como se ha referido en el punto primero, cada puesto de trabajo convocado será
adjudicado al candidato que, reuniendo los requisitos exigidos, obtenga mayor puntuación
en el proceso de valoración de méritos.
A estos efectos, el punto sexto de la mencionada convocatoria publicada por Resolución 901/2023 ha establecido que, si existiera empate entre varios candidatos, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados en
puestos encuadrados en la misma área funcional del puesto por el que se opta.
De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
formación –base 5.a, apartado b–, y de continuar el empate, se desempatará atendiendo a la
letra inicial del primer apellido, según el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año en curso.
Cuarto

a) Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del presente convenio, con excepción del personal de las empresas públicas.
b) Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.
c) No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del
derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.
d) Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad, en su caso, a que se encuentre
adscrito el puesto o los puestos de trabajo convocados a los que solicita acceder.

BOCM-20231201-13

Tal y como se dispone en el punto segundo de la convocatoria publicada por Resolución 901/2023, para la provisión por el procedimiento de selección objetiva de puestos de
carrera vacantes en el organismo, relativo a las condiciones y requisitos de participación,
podrán participar en la Convocatoria quienes reúnan los siguientes requisitos, recogidos en
el artículo 74 del vigente Convenio Colectivo Único.