Madrid (BOCM-20231130-38)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 139

BOCM-20231130-38

Segundo.—Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente acuerdo por órganos distintos de los competentes según este, se seguirán tramitando
y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de
competencias.
Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda a dictar
los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el
“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 16 de noviembre de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/19.370/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791