Madrid (BOCM-20231130-35)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión permiso Zona Bajas Emisiones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 285
BOCM-20231130-35
Segundo.—La presente Resolución producirá efectos desde el día 1 de enero de 2024,
sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y tendrá una eficacia hasta el 31 de diciembre de 2024, cumpliendo lo exigido en el apartado 9 del artículo 22 de la OMS.
Tercero.—El control de acceso automatizado de estos vehículos se acompañará de
controles complementarios de Policía Municipal y Agentes de Movilidad.
Cuarto.—La Resolución del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental
de 22 de diciembre de 2022, por la que se concede permiso extraordinario de acceso a la
ZBEDEP Distrito Centro a vehículos industriales de abastecimiento a comercios de alimentación de mercados, galerías de alimentación y otros establecimientos de venta directa al
por menor de carnes, pescados, frutas y de distribución de pan, repostería artesanal y churrería del interior de la ZBEDEP Distrito Centro, quedará sin efectos desde la entrada en
vigor de la presente Resolución.
Quinto.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición ante el director general de Sostenibilidad y Control
Ambiental en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante el
órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
Madrid, a 16 de noviembre de 2023.—El director general de Sostenibilidad y Control
Ambiental, José Amador Fernández Viejo.
(01/19.381/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 285
BOCM-20231130-35
Segundo.—La presente Resolución producirá efectos desde el día 1 de enero de 2024,
sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y tendrá una eficacia hasta el 31 de diciembre de 2024, cumpliendo lo exigido en el apartado 9 del artículo 22 de la OMS.
Tercero.—El control de acceso automatizado de estos vehículos se acompañará de
controles complementarios de Policía Municipal y Agentes de Movilidad.
Cuarto.—La Resolución del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental
de 22 de diciembre de 2022, por la que se concede permiso extraordinario de acceso a la
ZBEDEP Distrito Centro a vehículos industriales de abastecimiento a comercios de alimentación de mercados, galerías de alimentación y otros establecimientos de venta directa al
por menor de carnes, pescados, frutas y de distribución de pan, repostería artesanal y churrería del interior de la ZBEDEP Distrito Centro, quedará sin efectos desde la entrada en
vigor de la presente Resolución.
Quinto.—Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición ante el director general de Sostenibilidad y Control
Ambiental en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante el
órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativo, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
Madrid, a 16 de noviembre de 2023.—El director general de Sostenibilidad y Control
Ambiental, José Amador Fernández Viejo.
(01/19.381/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791