Madrid (BOCM-20231130-37)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión permiso Zona Bajas Emisiones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 285

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37

MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Resolución de 21 de noviembre de 2023, del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental, por la que se concede permiso extraordinario de acceso a la Zona de Bajas
Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro, en la franja horaria comprendida entre las 0:00 horas y las 7:00 horas, a los vehículos acreditados que realizan reparto
de prensa en dicha zona de bajas emisiones.
La Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ordenanza de
Movilidad sostenible de 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS), fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid el 13 de septiembre y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID el 21 de septiembre. Regula, entre otras cuestiones, las zonas
de bajas emisiones de la ciudad y, en particular, la Zona de Bajas Emisiones de Especial
Protección (ZBEDEP) Distrito Centro. El artículo 23 define los motivos de su creación, delimita su ámbito territorial y establece los criterios de acceso y funcionamiento y éstos últimos son desarrollados en su apartado 3 en función de la clasificación de los vehículos por
su potencial contaminante y la función y necesidad de acceso de dichos vehículos a la Zona.
La disposición transitoria tercera, por su parte, en su apartado cuarto, es la que establece el horario general durante el cual se permite el acceso a la ZBEDEP Distrito Centro a los
vehículos de empresas y de profesionales que prestan servicios o entregan o recogen suministros en la citada zona. Sin embargo, la modificación de la OMS incorpora, en el artículo 22, la regulación general de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección, en
cuyo apartado 9 reconoce la posibilidad de autorizar, con carácter excepcional, el acceso a
la ZBEDEP Distrito Centro, mediante Resolución del órgano municipal competente, de
aquellos vehículos cuya necesidad de acceso se justifique motivadamente.
El permiso de acceso, con horario extendido, para el colectivo de reparto de prensa está
recogido en la Resolución de 22 de diciembre de 2022, del director general de Sostenibilidad y Control Ambiental, que fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el día 27 de diciembre de 2022.
Por otra parte, la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la directora general de
Gestión y Vigilancia de la Circulación estableció los requisitos necesarios para acreditar a
los vehículos destinados al reparto y suministro de prensa a quioscos ubicados en espacios
públicos, así como el modelo de vinilo identificativo, que permiten acreditar dichos vehículos como autorizados para el reparto de prensa.
Considerándose que se mantiene la necesidad privada que acucia al colectivo de empresas y profesionales autónomos que desarrollan la actividad de reparto de prensa en la ZBEDEP
Distrito Centro, así como el interés general al que responde, con base en el apartado 9 del
artículo 22 de la OMS, se procede a renovar los términos ya recogidos en la Resolución del
director general de Sostenibilidad y Control Ambiental de 22 de diciembre de 2022, con el
objeto de ampliar el horario de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro de los vehículos de las
empresas y profesionales que realizan el reparto de prensa en dicha zona, respecto al horario establecido con carácter general en la disposición transitoria tercera de la OMS. Todo
ello con el objetivo de facilitar el desarrollo de esta actividad, que presenta una evidente
singularidad en lo que respecta a la franja horaria en la que se desenvuelve.
De conformidad con la disposición final cuarta de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular, aprobada mediante Acuerdo
plenario de 20 de diciembre de 2022, se modificó el apartado 2 de la disposición transitoria tercera de la OMS en el sentido de permitir, hasta el 31 de diciembre de 2023, el acceso a la ZBEDEP Distrito Centro de los vehículos con al menos cuatro ruedas y MMA no
superior a tres mil quinientos kilogramos que dispongan de clasificación ambiental “B”,
excluidos turismos y motocicletas, de empresas y de profesionales que presten servicios o

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