A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20231130-1)
Estructura orgánica –  Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización
9 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 285

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

2. En materia de transformación digital, gobernanza e impulso de las telecomunicaciones:
a) La gobernanza, coordinación y seguimiento de todos los programas de digitalización y de la Estrategia de Digitalización de la Administración de la Comunidad de
Madrid para alcanzar un Gobierno y una Administración Digital.
b) La coordinación del Centro de Innovación Digital, “Digitaliza Madrid”, así como
el ejercicio de la secretaría de su Consejo Asesor.
c) La gestión de la Oficina de Impulso a los Centros de Procesamiento de Datos, así
como la gestión de aquellos instrumentos de colaboración que pudieran crearse en
materia de transformación digital o servicios digitales de la administración.
d) La promoción de la transformación digital a través de la articulación y tramitación
de subvenciones, así como el impulso y la elaboración de propuestas para la suscripción de convenios de colaboración en este ámbito competencial.
e) La tramitación de los procedimientos de otorgamiento de las licencias audiovisuales de ámbitos autonómico y local, así como la autorización previa de los negocios jurídicos sobre las mismas y de los procedimientos referidos al régimen de
comunicaciones previas.
f) La asistencia administrativa a los operadores de telecomunicaciones en la extensión de las infraestructuras de tecnologías de la información y la comunicación,
así como el apoyo y fomento a las iniciativas locales en materia de conectividad.
g) La dirección, la coordinación, el seguimiento y el control del proceso de apertura
de datos de la administración de la Comunidad de Madrid.
h) La promoción de la cultura del dato en el ámbito interno de la Administración de
la Comunidad de Madrid a través de acciones formativas.
3. En materia de administración digital:
a) La dirección, coordinación, seguimiento y control de los proyectos de administración digital que se desarrollen en la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las
competencias de otros órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid.
b) El fomento del uso de las herramientas de administración digital por los empleados de la Comunidad de Madrid, extendiendo su conocimiento y determinando un
común denominador de uso, en coordinación con las funciones en materia de formación de empleados públicos se ejerzan desde la consejería competente.
c) La promoción de nuevos canales de acceso e identificación para el uso y fomento
de la administración digital por parte de la ciudadanía, promoviendo la omnicanalidad y el mantenimiento de los existentes.
d) La coordinación, seguimiento y control de los contenidos en la sede electrónica de
la Comunidad de Madrid “ www.sede.comunidad.madrid ”, la publicación y actualización de la información relativa a todos los procedimientos administrativos
y la información asociada a cada uno de ellos, así como el desarrollo de herramientas que permitan a ciudadanos y empresas el acceso a la información específica y personalizada que les afecte, sin perjuicio de las competencias del órgano
competente en materia de información y atención al ciudadano.
e) La autorización de todas aquellas páginas web y aplicaciones que no estén incluidas en el Portal de Internet de la Comunidad de Madrid, y que sean impulsadas por
organismos u otras entidades adscritos o dependientes de la administración de la
Comunidad de Madrid.
f) La promoción de acciones de impulso de la accesibilidad del Portal de Internet de
la Comunidad de Madrid, en colaboración con los restantes centros directivos con
competencias en la materia.
g) La coordinación y gestión de la plataforma de servicios digitales basados en la experiencia ciudadana, durante las distintas fases de su desarrollo en colaboración
con la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid y demás centros directivos, organismos y entes implicados
h) El impulso de la modernización y mecanización de procesos para la mejora de la
experiencia del ciudadano con la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias de otros órganos.
4. En materia de transformación educativa:
a) La elaboración de la programación de las infraestructuras educativas y del equipamiento docente de los centros educativos no universitarios, en lo referente a las

Pág. 13

BOCM-20231130-1

BOCM