C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231130-16)
Bases subvenciones –  Orden 1662/2023, de 22 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas de prevención contra la electrocución de la avifauna en líneas eléctricas de alta tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a Fondos “Next Generation EU” de la Unión Europea. (C04.I02.P01.S10)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 285

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
ORDEN 1662/2023, de 22 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el artículo 6 del
Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas de
prevención contra la electrocución de la avifauna en líneas eléctricas de alta
tensión, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiadas con cargo a Fondos “Next Generation EU” de la Unión Europea.
(C04.I02.P01.S10).

Mediante la aprobación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, se establecieron
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, que se consideran las causas de mortandad no natural más frecuentes
de la avifauna. Desde entonces se han realizado actuaciones para la corrección de las líneas
eléctricas construidas antes de su aprobación, si bien estas resultan aún insuficientes.
En la Comunidad de Madrid se ha llevado a cabo la delimitación y aprobación de las
zonas de protección en su territorio, en las que desarrollar las medidas correctoras establecidas en el Real Decreto citado, mediante Resolución de 6 de julio de 2017, de la Dirección
General de Medio Ambiente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 177,
de 27 de julio); además de haberse publicado diversas resoluciones por las que se identifican las líneas eléctricas aéreas de alta tensión existentes en aquellas zonas de protección que
no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29
de agosto.
Con el objeto de seguir impulsando la corrección de las líneas eléctricas para la protección de la avifauna, dentro del componente n.o 4: “Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España, se prevé la adopción de medidas destinadas a la corrección
de los tendidos de alta tensión peligrosos para las aves.
Así, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, en su reunión de 14 de abril de 2021,
adoptó el Acuerdo por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial
de créditos relativos a la aplicación del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Para atender a esa finalidad correctora, se aprobó la Orden 3195/2022 de 28 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre de 2022), por la que se establecieron las
bases reguladoras y se convocaron para el año 2022 las subvenciones destinadas a la adaptación de las líneas eléctricas de alta tensión a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
Es competencia de la Comunidad de Madrid el establecimiento de las medidas precisas para garantizar la conservación de la fauna silvestre, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.7 de su Estatuto de Autonomía.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 38/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, corresponden a la Consejería de Medio
Ambiente, Agricultura e Interior las competencias que actualmente ostenta la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con excepción de las competencias en materia de
vivienda. El Decreto 235 /2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
atribuye en su artículo 1 a la persona titular de la Consejería las competencias autonómicas
en materia de medio ambiente, biodiversidad y sostenibilidad ambiental, entre otras.
Asimismo, resulta de aplicación la normativa vigente en materia de subvenciones, constituida por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones Públicas y los reglamentos dictados en desarrollo de la misma; así como, con carácter supletorio, la Ley 38/2003, de 17 de

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