B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231129-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 284

ANEXO II
CRITERIOS DE VALORACIÓN
CRITERIOS ORTOGRÁFICOS.
Se aplicarán los siguientes criterios en todos los ejercicios escritos que realice el aspirante.
x
x
x
x
x

x

La escritura incorrecta de una palabra supone la disminución de la nota en 0’5 puntos.
Si la incorrección se debe a una tilde, la disminución será de 0’25 puntos.
La escritura incorrecta de dos palabras como una sola supone una disminución de 0’25
puntos.
La división incorrecta de una palabra en dos dentro de un renglón supone una
disminución de 0’25 puntos.
La utilización de abreviaturas para expresar palabras, nexos, pronombres, terminaciones
de adverbios, del tipo "tb" por “también”, "pq" en vez de “porque” o “por qué”, "q" en lugar
de “que” o “qué”, adverbios que terminan en “mente” y se utiliza la "barra inclinada" (/),
etc., se penalizará con la disminución de 0’10 puntos. No se penalizará la utilización de
acrónimos habituales en el ámbito educativo, siempre que la primera vez que se utilice se
escriba en toda su extensión.
Las faltas cometidas en palabras que se repiten se contabilizarán una sola vez.

Se detraerá puntuación por incorrecciones ortográficas, sin límite de ningún tipo, de la calificación
obtenida por el aspirante en el correspondiente ejercicio calificado.
PRIMERA PARTE:
Consistirá en el análisis por escrito, en sesión conjunta, de un caso práctico con varios supuestos
propuesto por el Tribunal.
El tribunal aportará documentación relativa al caso que deberá ser analizada por el aspirante con
las técnicas propias de la Inspección educativa. El aspirante formulará una propuesta de
actuaciones y elaborará un informe sobre el supuesto que el tribunal especifique. Esta prueba se
calificará de 0 a 10 puntos y deberá obtener el aspirante, para su superación, una puntuación igual
o superior a 5 puntos.
A/ ANÁLISIS DEL CASO Y PROPUESTA Y APLICACIÓN RAZONADA DE LAS TÉCNICAS
ADECUADAS PARA LA ACTUACIÓN DEL INSPECTOR (5 PUNTOS).
Análisis y valoración de la documentación relacionada con el caso según la normativa de
aplicación: 4 puntos.
Propuesta de las actuaciones a desarrollar por el inspector en el marco del Plan Anual de
Actuación de la Inspección Educativa conforme a sus funciones y atribuciones: 1 punto.
B/ ELABORACIÓN DEL INFORME (5 puntos).
Adecuación:

BOCM-20231129-5

- De la estructura del informe.
- De los referentes normativos.
- Del análisis de los hechos de acuerdo con el referente normativo.
- De las conclusiones.
- De las propuestas que correspondan.