B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231129-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

4.2.2. Por cada actividad de formación relacionada con la
actividad inspectora y que se refiera a cualquiera de los
siguientes temas: Legislación; Evaluación o Supervisión;
Organización Escolar; Atención a la Diversidad; Desarrollo
curricular: hasta 0´300 puntos.
x Por cada actividad de 30 o más horas: 0´025 puntos.
x Por cada actividad de 60 o más horas: 0´050 puntos.
Se considerarán las actividades de formación homologadas
específicamente relacionadas con la función inspectora y con
el dominio de las Tecnologías de la Información y
Comunicación (TIC). Estas actividades serán valoradas de
acuerdo con los siguientes criterios:
x
Por cada 30 horas o tres créditos de formación: 0´025
puntos.
x
Por cada 60 horas o seis créditos de formación:
0´050 puntos.
No se valorarán los certificados en los que no consten horas o
créditos. Tampoco se valorarán los cursos o asignaturas
integrantes del currículo de un título académico.
4.3. Conocimiento de Idiomas: hasta 0´300 puntos.
Titulaciones otorgadas por las Escuelas Oficiales de Idiomas y
por dominio de idiomas extranjeros de nivel B2, C1 o superior
del Consejo de Europa:
4.3.1. Por cada certificado de nivel C2: 0’300 puntos.
4.3.2. Por cada certificado de nivel C1: 0’200 puntos.
4.3.3. Por cada certificado de nivel B2: 0’100 puntos.

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Certificado en el que conste de
modo expreso el número de
horas de duración o el número de
créditos, las fechas exactas de
inicio y fin de la actividad y, en su
caso, el reconocimiento de la
correspondiente Administración
Educativa.

Título correspondiente con el
certificado de acreditación de
conocimientos de una lengua
extranjera calificado por el Marco
Común Europeo de Referencias
para las Lenguas (MCER).

En relación a las certificaciones señaladas, sólo se considerará la de nivel superior del mismo idioma que presente el
participante.
Sólo se tendrán en cuenta los certificados que acrediten las cuatro destrezas según el MCER o el MECES.
Para valorar las titulaciones que acrediten el dominio de idiomas extranjeros sólo se reconocerán los certificados
reconocidos por ACLES y lo estipulado a partir del 3 de febrero de 2023. Para aquellos certificados que reflejan el nivel
concreto de cada destreza, se reconocerá como nivel del certificado el mínimo obtenido en cualquiera de las destrezas, con
independencia del nivel global que figure en el documento.

4.4. Evaluación de la función docente anterior al curso 2023-24
con valoración positiva: 0´500 puntos

Certificado o Informe del Servicio
de Inspección Educativa.

Nota: Los aspirantes no podrán alcanzar más de diez puntos por la valoración de sus méritos.

BOCM-20231129-5

B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID