B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231129-5)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

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el que se aprueba expresa y formalmente, en cumplimiento de la legislación básica estatal,
el Acuerdo de 1 de julio de 2022, de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el I Plan de
Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad de Madrid, según
la obligatoriedad recogida en la normativa.
Los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes en cualquier momento la
acreditación de su identidad.
La Dirección General de Recursos Humanos podrá solicitar de los órganos de selección, a lo largo del proceso selectivo, datos estadísticos sobre el estado del desarrollo de las
pruebas, salvaguardando el anonimato de los participantes.
5.5. Régimen jurídico de funcionamiento y económico:
El Tribunal se someterá en su funcionamiento y régimen jurídico a lo que establece
para los órganos colegiados la sección 3.a del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/ 2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, sus actuaciones se ajustarán en todo momento a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y a lo dispuesto en esta convocatoria.
A efectos económicos, los miembros del Tribunal estarán incluidos en la categoría primera, de acuerdo con el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y tendrán derecho a las indemnizaciones por razón
del servicio previstas en el apartado 2 de dicho artículo.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 de dicho Real Decreto, los miembros del Tribunal solo devengaran una asistencia por sesión diaria, aun en el
caso de celebración de más de una sesión en el mismo día.
5.6. Sede:
Para comunicaciones y otras incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección
General de Recursos Humanos (calle Santa Hortensia número 30, 28002 Madrid), donde se
atenderán cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este procedimiento selectivo.
Sexta
El sistema de selección, que será común para todos los aspirantes, constará de tres fases: fase de oposición, fase de concurso y fase de prácticas.
6.1. Fase de oposición:
En esta fase se valorarán los conocimientos pedagógicos, de administración y legislación educativa, así como los conocimientos y técnicas específicos para el desempeño de las
funciones atribuidas a la inspección educativa en el artículo 151 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación y en el Decreto 61/2019, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización, estructura y funcionamiento de la Inspección en la
Comunidad de Madrid.
6.1.1. Orden de actuación:
El orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “M”, de acuerdo con la Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección
General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con
objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que
se convoquen durante el año 2023. De no haber aspirantes cuyo primer apellido empiece
por la letra citada, se iniciará el orden de actuación por la letra o letras siguientes.
6.1.2. Fecha de inicio del proceso selectivo:
La fecha prevista para el inicio del procedimiento selectivo será a partir de la primera
quincena del mes de abril de 2024.
6.1.3. Convocatoria-llamamiento de aspirantes:
Los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante el Tribunal en único llamamiento. Los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por
el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos del concurso-oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados
y apreciados por el Tribunal.

BOCM-20231129-5

Sistema de selección