D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231129-11)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Carlos III de Madrid, para la constitución de la “Cátedra para I + D + i sobre dinamismo territorial en la Comunidad de Madrid con el uso de datos abiertos y enlazados”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

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gencia de garantías y de conformidad con lo establecido en el Plan de Disposición de Fondos individualizado aprobado por la Dirección General de Política financiera y Tesorería.
La gestión económico administrativa de la Cátedra se realizará en la UC3M, a través
del Servicio de apoyo al emprendimiento y la innovación.
Sexta
Acreditación del gasto realizado
Las actividades de la “Cátedra I + D + i para el Dinamismo Territorial en la Comunidad de Madrid con el uso de Datos Abiertos y Enlazados” serán desarrolladas en el Departamento de Informática de la UC3M.
La documentación acreditativa del gasto realizado deberá aportarse en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, para lo que es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificado de firma electrónica que sean operativos en la
Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de Confianza de
prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que
la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan
específicamente para cada tipo de firma.
La UC3M deberá acreditar el gasto realizado en el marco del presente convenio mediante la aportación de la siguiente documentación:
a) Plan anual de Actividades y presupuesto inicial aprobado por la Comisión de Seguimiento.
b) Memoria Técnica y económica anual que la Dirección de la Cátedra está obligada
a presentar al Vicerrectorado de investigación.
c) Certificado de las cantidades invertidas en la ejecución del convenio e imputadas
al mismo en el período de 16 de junio del ejercicio corriente a 15 de junio del ejercicio siguiente.
d) Copia del documento de conformidad y pago, según modelo normalizado por la
UC3M, emitido por el Director de la Cátedra acompañado de copia de las Facturas y justificantes de pago a los que corresponde.
e) Modelo 390 completo de la declaración tributaria del IVA presentada por UC3M
en el ejercicio.
f) Certificados de que UC3M se encuentra al corriente de pago con la Seguridad
Social, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
El certificado de inexistencia de apremio en deudas de la Comunidad de Madrid se solicitara de oficio por la Dirección General de Requilibrio Territorial.
Séptima
Remanentes y devolución de ingresos no destinados al objeto del convenio
En caso de que haya remanentes en el plan anual del ejercicio anterior, por haberse
acreditado gastos por importe inferior a la cantidad del pago anticipado, el importe de estos remanentes se descontará en el pago del siguiente período en que proceda realizar éste.
En caso de extinguirse la Cátedra, por cualquiera de las causas previstas en el presente convenio de colaboración, procederá la devolución de las cantidades percibidas y no destinadas al objeto del presente convenio, sin que sean exigibles intereses de demora.
Las cantidades a devolver tendrán la consideración de ingresos de Derecho público, resultando de aplicación para su cobro lo previsto en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y, supletoriamente, la Ley General
Presupuestaria.

Comisión de seguimiento del convenio
1. Con el objeto de disponer de un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del mismo, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.f.) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se crea una Comisión de Seguimiento.
2. Los firmantes del presente convenio de colaboración designarán, en el plazo de un
mes a contar a partir del día siguiente al de la entrada en vigor del presente convenio, a los

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Octava