D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231129-11)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Universidad Carlos III de Madrid, para la constitución de la “Cátedra para I + D + i sobre dinamismo territorial en la Comunidad de Madrid con el uso de datos abiertos y enlazados”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 284

Todas estas actividades estarán sometidas a la normativa y procedimiento establecidos
por la UC3M para cada caso concreto.
Cuarta
Obligaciones económicas

Quinta
Pago
La dotación económica necesaria para el funcionamiento de la Cátedra se hará´ efectivo por parte de la Dirección General de Requilibrio Territorial a la UC3M al principio de
cada período anual, contado a partir del 1 de julio, de oficio, mediante un anticipo a cuenta por importe de cien mil euros (100.000,00 euros) y previa justificación por la UC3M del
pago anual del ejercicio anterior. Estos pagos tendrán carácter de anticipo a cuenta sin exi-

BOCM-20231129-11

Con el fin de poder ejecutar las actividades de la Cátedra, la Dirección General de Requilibrio Territorial se compromete a realizar una aportación económica por un importe
máximo de trescientos mil euros (300.000,00 euros) en las siguientes anualidades:
— 2023: cien mil euros (100.000,00 euros).
— 2024: cien mil euros (100.000,00 euros).
— 2025: cien mil euros (100.000,00 euros).
Estos gastos se financiarán con cargo al subconcepto 22804 “Convenios con universidades” del programa presupuestario 942O “Reequilibrio Territorial” de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid.
Por su parte, la aportación económica realizada por la Universidad para la financiación
del presente convenio ascenderá a un máximo de 120.000 euros. Su distribución, por anualidades será la siguiente:
— 2023: cuarenta mil euros (40.000,00 euros).
— 2024: cuarenta mil euros (40.000,00 euros).
— 2025: cuarenta mil euros (40.000,00 euros).
En cuanto a los gastos amparados por el convenio serán los siguientes. La aportación
de la Dirección General de Requilibrio Territorial amparará los siguientes gastos:
a) Gastos de dietas y de desplazamiento de la dirección de la Cátedra, asociados a la
actividad de la Cátedra.
b) Gastos de personal investigador (personal contratado o beca) con cargo al convenio, así como dietas y gastos de desplazamiento.
c) Premios o ayudas para la realización de Trabajos Fin de Estudios relacionados con
la actividad de la Cátedra.
d) Gastos de organización de actividades del tipo Hackatones; Summer schools; Participación en workshops técnicos.
e) Gastos de infraestructura de computación en cloud necesarios para la provisión de
servicios de generación y publicación de datos abiertos y enlazados, los servicios
de información GIS que se monten sobre ellos y la web de la Cátedra.
f) Gastos derivados de las publicaciones científicas que se realicen en la actividad de
la Cátedra.
g) Gastos de personal colaborador que participe directamente en el desarrollo del
convenio, así como dietas y gastos de desplazamiento. Se incluye al personal de
la universidad que colabore ocasionalmente en las actividades de la Cátedra.
h) Gastos de publicidad, difusión y comunicación.
i) Gastos indirectos (15 por 100), sobre el total del ingreso, que formen parte de los
gastos de la Cátedra, pero que por su naturaleza no se puedan imputar de forma directa por no poder individualizarse: luz, agua, calefacción, telefonía, mensajería,
correo, limpieza y seguridad.
La aportación de la Universidad amparará los siguientes gastos:
a) Gastos de dirección de la Cátedra.
b) Gastos de personal docente, investigador y de administración, en su caso.
c) Gastos de material e infraestructuras propias de la universidad que se utilicen para
el desarrollo del convenio, en su caso.