B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231128-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2780/2023, de 10 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, Escala Ejecutiva u Operativa, Categoría de Bombero Especialista, puestos de Bombero Especialista Conductor, Grupo C, Subgrupo C1
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 283

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE NOVIEMBRE DE 2023

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dida Resolución de la Dirección General de Emergencias, pudiendo incluso derivar en la
pérdida del derecho a continuar el curso y, por tanto, a ser nombrado personal funcionario
de carrera como consecuencia de la no superación de aquel.
Durante el desarrollo del curso selectivo se podrá establecer la realización de las pruebas que se consideren necesarias a fin de comprobar la capacidad funcional de las personas
aspirantes para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de
la convocatoria, todo ello sin perjuicio de que, si en cualquier momento del curso se tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna persona participante en el mismo pudiera
carecer de dicha capacidad funcional, deba recabarse informe técnico y/o practicar las pruebas que se estimen precisas a tal efecto. En caso de resultar confirmada esa circunstancia,
comportará, igualmente, la pérdida del derecho a continuar el curso y a ser nombrado personal funcionario de carrera debido a la no superación del mismo.
En el supuesto de confirmarse algunas de las circunstancias previstas en los párrafos
anteriores, la Dirección General de Emergencias lo pondrá en conocimiento del Tribunal
calificador, quien, previa audiencia a la persona interesada, emitirá propuesta motivada de
su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General competente en materia
de Función Pública. Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano convocante, la
persona aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el curso selectivo se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de 25 puntos.
5. Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo, previa solicitud, en la convocatoria siguiente, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
6. Por parte de la Administración se adoptarán las medidas razonables y adecuadas
para que las aspirantes que se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, así como las que tengan la condición de víctimas de
violencia de género, puedan realizar el curso selectivo en condiciones de igualdad con el
resto de personas participantes.
7. Deberá existir una comunicación suficiente que garantice la coordinación entre el
Tribunal calificador y el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos, a efectos de que
ambos órganos tengan conocimiento, con la necesaria antelación, de las posibles fechas de
inicio y terminación del curso selectivo.
8. Una vez finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Emergencias remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hubiesen superado, que se hará
pública en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
Décima

1. Calificación final del proceso selectivo: La calificación final de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate en la calificación final, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo.
— De persistir la igualdad, se dirimirá atendiendo a lo dispuesto a tal efecto en el
apartado tercero, párrafo segundo, de la base octava de la presente Orden.
2. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, el Tribunal calificador hará pública la misma en la página web
correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid

BOCM-20231128-2

Lista de personas aprobadas en el proceso selectivo y acreditación del cumplimiento
de requisitos