C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231128-37)
Bases subvenciones –  Orden 2170/2023, de 23 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplían los plazos de ejecución y justificación previstos en la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU”, en 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 283

MARTES 28 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 211

Primero
Ampliación del plazo de ejecución
Se amplía el plazo de ejecución establecido en el apartado 2.5 de la disposición adicional de la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte,
por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la
oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU”, en 2023, que queda
redactado en los términos siguientes:
“2. Actuaciones elegibles, gastos subvencionables y período de ejecución.
5. El plazo de ejecución de las actividades previstas será desde el 1 de enero de 2022 hasta el 25 de diciembre de 2023. Por tanto, los gastos subvencionables serán los realizados en
ese período”.
Segundo
Ampliación del plazo de justificación
Se amplía el plazo de ejecución establecido en el apartado 9.3 de la disposición adicional de la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, que queda redactado en los términos siguientes:
“9. Justificación y abono de las ayudas.
3. La presentación de la cuenta justificativa tendrá como fecha límite el 27 de diciembre de 2023”.
Tercero
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de noviembre de 2023.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

BOCM-20231128-37

(03/19.694/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791