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Convenio –  Convenio de 3 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la colaboración en la realización de la «Semana de Madrid saludable»
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 281

SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

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Novena
Derechos de propiedad intelectual
De acuerdo con lo establecido la cláusula cuarta del Convenio de 7 de junio de 2022, suscrito entre la Comunidad de Madrid y RTVM para la promoción de principios y valores de
interés general, RTVM ostentará en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección reconocido en la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión a terceros y para su explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad de los derechos de explotación (entre otros, comunicación pública, incluida la puesta a disposición,
reproducción, distribución y transformación) de las producciones audiovisuales (incluyendo
sus elementos integrantes y/o derivados) realizadas al amparo de este convenio.
No obstante, y de acuerdo con las condiciones que de mutuo acuerdo se establezcan,
RTVM podrá ceder a la Comunidad de Madrid los derechos de comunicación pública y reproducción de las producciones audiovisuales e imágenes cuya titularidad ostente RTVM, todo
ello durante el tiempo de vigencia de este convenio y para las utilizaciones establecidas.
Décima
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por sus propias estipulaciones, así como por las estipulaciones las del convenio suscrito entre la Comunidad de
Madrid y RTVM con fecha 7 de junio de 2022.
En lo no previsto, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando fuera del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo establecido en los artículos 4 y 6.1, y
aplicándose los principios de la ley indicada para resolver las dudas y lagunas que pudieran
presentarse.
Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación, aplicación y cumplimiento del
presente convenio y que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión mixta de seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo radicados en Madrid.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Undécima
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
así como en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de Datos), así como la normativa posterior que
lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos queda sometido a la mencionada normativa, así como a la
vigente en cada momento.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente a la firma de la
Comunidad de Madrid.
Madrid, a 3 de noviembre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de
Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por Radio Televisión Madrid, S. A. U., el Administrador
Provisional, José Antonio Sánchez Domínguez.
(03/19.156/23)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231125-6

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