C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231125-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Daimler Truck España, S. L. U. (Código número 28103741012023)
<< 16 << Página 16
Página 17 Pág. 17
-
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 28

SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281

ANEXO 2
VARIABLE
Se establece un variable objetivo no consolidable que se calculará sobre el salario fijo anual,
basado en el 100% de grado de consecución de resultados de compañía (Company performance).
Company Performance
0 – 200%

X

Individual Performance
0 – 150%

=

Bonus Payout
0 – 300%

El salario fijo anual se compone de 14 pagas, incluyendo las pagas extra de junio y diciembre.
La compensación y ponderación de los elementos del bonus corresponde al modelo corporativo de
compensación existente en la compañía, con la fórmula de cálculo que considera tanto resultados
globales de empresa (Company performance aprobado por la Dirección de Daimler Truck,
incluyendo componentes financieros y no financieros), como resultados individuales, con la fórmula
indicada de tipo multiplicativo.
El pago del bonus es anual, habitualmente en el mes de marzo, sujeto a la disponibilidad del dato
de resultados de compañía. Dado que el bonus está vinculado al éxito de la empresa, no está
garantizado su pago todos los años, sino que es un componente variable, cuyo rango viene
determinado por el Company performance (0-200%) y el componente de desempeño individual (0150%), lo que implica que el rango completo comprende del 0-300%.

ANEXO 3
PAGO ÚNICO
Se establece un pago único y no consolidable resultante de la diferencia entre el % de subida
pactada y el % IPC real, sin regularización a la baja.
o 2022: 3,7% con abono en 2023
o 2023: abono en 2024 cuando se publique el IPC real definitivo.
o 2024: abono en 2025 cuando se publique el IPC real definitivo.

BOCM-20231125-2

(03/19.021/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791