D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20231125-5)
Convenio – Adenda de 19 de octubre de 2023, por la que se prorroga la vigencia del convenio entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de construcciones prefabricadas con destino a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar, de fecha 9 de enero de 2020
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Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 55
ACUERDAN
Único
BOCM-20231125-5
Prorrogar en un año la duración del convenio entre la Agencia de Vivienda Social de
la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de construcciones
prefabricadas con destino a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar, cuyos efectos se extenderán, por tanto, hasta el 8 de enero de 2025.
En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga o su extinción
dentro de los límites previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de
la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 19 de octubre de 2023.—Por la Agencia de Vivienda Social: El Consejero
de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Madrid: El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familias e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/19.097/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023
Pág. 55
ACUERDAN
Único
BOCM-20231125-5
Prorrogar en un año la duración del convenio entre la Agencia de Vivienda Social de
la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de construcciones
prefabricadas con destino a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar, cuyos efectos se extenderán, por tanto, hasta el 8 de enero de 2025.
En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga o su extinción
dentro de los límites previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente
adenda, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de
la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 19 de octubre de 2023.—Por la Agencia de Vivienda Social: El Consejero
de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Madrid: El Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familias e Igualdad, José Fernández Sánchez.
(03/19.097/23)
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ISSN 1989-4791