D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. Agencia de la Vivienda Social (BOCM-20231125-5)
Convenio –  Adenda de 19 de octubre de 2023, por la que se prorroga la vigencia del convenio entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de construcciones prefabricadas con destino a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar, de fecha 9 de enero de 2020
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 281

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
O. A. AGENCIA DE LA VIVIENDA SOCIAL
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ADENDA de 19 de octubre de 2023, por la que se prorroga la vigencia del convenio entre la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de construcciones prefabricadas con destino
a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar, de fecha 9 de
enero de 2020.

De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid, D. Jorge Rodrigo Domínguez, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 41/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023),
actuando en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de
Vivienda Social de la Comunidad de Madrid por Acuerdo de 15 de septiembre de 2021 del
Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 221,
de 16 de septiembre de 2021), en nombre y representación del citado Organismo y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 5.4.b) y f) del Decreto 76/2023, de 5 de
julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de 6 de julio de 2023), por el que se establece la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 3.1.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Sr. D. José Fernández Sánchez, miembro de la Junta de Gobierno de la
Ciudad de Madrid y titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad,
nombrado mediante Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde. Por delegación, ostenta la
competencia de suscribir este convenio en virtud del apartado 3.o1.8 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias
del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, en relación con la competencia de celebración de convenios atribuidas al Alcalde por el artículo 14.3.K de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, que ha sido desconcentrada en
la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por Decreto del alcalde de 29 de junio de 2023,
por delegación y desconcentración de competencias.
Ambas partes se reconocen representación y capacidad legal suficiente para la firma
de la adenda y al efecto,

Con fecha 9 de enero de 2020 se suscribió el convenio entre la Agencia de Vivienda
Social de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la cesión de construcciones prefabricadas con destino a alojamiento temporal de personas solicitantes de asilo sin hogar.
El objeto del convenio es articular la cesión gratuita de uso por la Agencia de Vivienda Social, a favor del Ayuntamiento de Madrid, de veintiséis construcciones prefabricadas
para albergar a personas solicitantes de asilo y sus familiares.
Según establece la estipulación quinta: “El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y mantendrá su vigencia durante un año. En cualquier momento antes de la
finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes podrán acordar unánimemente prórrogas sucesivas hasta un máximo de cuatro años adicionales”.
Estimándose por ambas partes que se han producido avances notorios en el cumplimiento del objeto y finalidad del Convenio, así como que sigue siendo necesario continuar
con las actuaciones de colaboración contempladas en el mismo, en base a la referida estipulación quinta

BOCM-20231125-5

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