Batres (BOCM-20231124-43)
Organización y funcionamiento. Acuerdo personal funcionario
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 280

VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

CANTIDAD

MATERIAL DE PROTECCIÓN PERSONAL

Pág. 271

RENOVACIÓN

1

JUEGO DE GRILLETES Y FUNDA

DETERIORO

1

DEFENSA EXTENSIBLE

DETERIORO

1

PAR DE GUANTES ANTI-CORTE

DETERIORO

1

SPRAY DE DEFENSA

CADUCIDAD O
DESGASTE

1

ARMA CON DOS CARGADORES
Y FUNDA

DETERIORO

1

CHALECO ANTIBALA

CADUCIDAD
DETERIORO

1

LINTERNA DE MANO Y FUNDA

DETERIORO

1

CHALECO REFLECTANTES

DETERIORO

DISPOSICIONES ADICIONALES

— Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
— Ley 1/2018, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
— Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley de Conciliación de la Vida Personal.
— Acuerdos de las Policías Locales de Serranillos del Valle, El Álamo, Navalcarnero, Torrejón de la Calzada y Bustarviejo, los cuales se aportarán a modo comparativo, a la firma del presente.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
— Directiva 2003/88/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre
de 2003.
— Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
— Resolución de 24 de febrero de 1995, de la Subsecretaria, para la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de febrero de 1995, para el que
se aprueba el Acuerdo Ministerio de Justicia e Interior-Organizaciones Sindicales sobre determinadas condiciones de trabajo y carrera del Cuerpo Nacional de Policía.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados todos los acuerdos, disposiciones, decretos y demás normas municipales que regulen materias o cuestiones contempladas en el presente acuerdo y se opongan al mismo.

BOCM-20231124-43

Primera.—La entrada en vigor del presente anexo será simultáneamente con la aprobación del Acuerdo de Funcionarios.
Este texto es anexo al Acuerdo Regulador de Funcionarios del Ayuntamiento de Batres, por lo que estará englobado dentro del mismo marco jurídico.
La duración del mismo será hasta dentro de dos años, prorrogándose hasta la firma de
uno nuevo.
Segunda.—Comisión de seguimiento: Se crea una comisión de seguimiento de carácter paritario, al objeto de la interpretación, vigilancia, desarrollo y seguimiento del presente acuerdo.
Tercera.—Será de aplicación al presente Acuerdo cualquier decreto, ley o acuerdo de
rango superior, sea cual fuere su finalidad, que mejore las condiciones especificadas en el
presente.
Cuarta.—Todas las cuantías económicas que aparecen reflejadas en el presente acuerdo se verán actualizadas anualmente en los términos que establezca la Ley de Presupuesto
Generales del Estado, para las retribuciones de los funcionarios.
Quinta.—Para la elaboración del presente acuerdo, se han tenido en cuenta las siguientes Leyes: