D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231124-26)
Estatutos colegio profesional – Resolución de 10 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la modificación parcial de los Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 280
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera
Los presentes Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, serán sometidos por la Junta de Gobierno al estudio y consideración de la Asamblea General y una vez
aprobados por ella serán elevados a la Consejería de Presidencia de la Comunidad de
Madrid, para su control de legalidad y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Segunda
Los procedimientos que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de estos Estatutos ante la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid continuaran tramitándose conforme a lo previsto en la Regulación del Procedimiento de Queja y
Reglamento de la Comisión Deontológica, hasta su terminación. Los recursos que se interpongan contra las resoluciones que dimanen de los procedimientos mencionados, se regirán
por lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Tercera
Las situaciones creadas y los derechos adquiridos con arreglo al régimen anteriormente en vigor serán respetados.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20231124-26
Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial
correspondiente.
(03/18.997/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 280
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera
Los presentes Estatutos del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, serán sometidos por la Junta de Gobierno al estudio y consideración de la Asamblea General y una vez
aprobados por ella serán elevados a la Consejería de Presidencia de la Comunidad de
Madrid, para su control de legalidad y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Segunda
Los procedimientos que se encuentren en tramitación a la entrada en vigor de estos Estatutos ante la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid continuaran tramitándose conforme a lo previsto en la Regulación del Procedimiento de Queja y
Reglamento de la Comisión Deontológica, hasta su terminación. Los recursos que se interpongan contra las resoluciones que dimanen de los procedimientos mencionados, se regirán
por lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Tercera
Las situaciones creadas y los derechos adquiridos con arreglo al régimen anteriormente en vigor serán respetados.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20231124-26
Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial
correspondiente.
(03/18.997/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791