C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231124-21)
Elecciones Cámara Agraria –  Decreto 253/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se convocan elecciones a la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid y se regulan los gastos del proceso electoral
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 280

VIERNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2023

Pág. 95

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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DECRETO 253/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se convocan elecciones a la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid y se
regulan los gastos del proceso electoral.

La Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, establece, en su artículo 20, que la Comunidad de Madrid convocará,
mediante Decreto, cada cuatro años elecciones a la Cámara Agraria, previa comunicación
al Gobierno de la Nación y tras consultar con la Federación de Municipios de Madrid, las
organizaciones profesionales agrarias de ámbito nacional y las implantadas en su territorio.
Asimismo, el artículo 26 de la citada Ley establece que el Decreto de convocatoria a
las elecciones a la Cámara Agraria fijará los gastos máximos del proceso electoral, así como
su financiación y mecanismos de control.
El Decreto 328/1999, de 18 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el régimen electoral de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, recoge los principios que garantizan el correcto desarrollo del proceso electoral, así como la necesaria participación de las distintas organizaciones profesionales agrarias que operan en el ámbito de
la Comunidad de Madrid.
Procede, en consecuencia, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 20
de la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, convocar elecciones a la misma.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
previa comunicación al Gobierno de la Nación, oídas las Organizaciones Profesionales
Agrarias y la Federación de Municipios de Madrid, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 22 de noviembre de 2023,
DISPONE
Artículo 1
Convocatoria de elecciones
Se convocan elecciones a la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, que se celebrarán el día 28 de febrero de 2024.
Artículo 2
Campaña electoral
La campaña electoral tendrá una duración de quince días naturales, comenzando a las
cero horas del día 12 de febrero y finalizando a las veinticuatro horas del día 26 de febrero
de 2024.
Artículo 3
1. El proceso electoral se regirá por lo dispuesto en el Decreto 328/1999, de 18 de
noviembre, por el que se regula el régimen electoral de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, en la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, y en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General.
2. El calendario electoral será el que se establece en el Anexo del presente Decreto,
siendo el día de inicio del proceso electoral el día 5 de enero de 2024.
3. El censo electoral será el último censo actualizado por la Dirección General de
Agricultura Ganadería y Alimentación, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 28 de mayo.

BOCM-20231124-21

Proceso electoral