C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231123-24)
Servicios mínimos –  Acuerdo de 22 de noviembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan los servicios mínimos con ocasión de la huelga convocada para el día 24 de noviembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

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2. Las empresas deberán adoptar las medidas necesarias para llevar a efecto los
servicios mínimos de acuerdo con la legalidad vigente. En particular, requerirán a la mayor
brevedad, de modo individual y fehaciente, a todos los trabajadores que designen para cubrir los servicios mínimos previstos.
Décimo
Responsabilidad por incumplimiento de los servicios mínimos
El incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos será sancionado de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable.
Undécimo
Garantía del derecho fundamental a la huelga
Lo establecido en el presente Acuerdo no supondrá limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconozca al personal en dicha situación.
Así mismo, será de aplicación, para garantizar el libre ejercicio del derecho de huelga,
lo establecido en el artículo 95.2 letras k), l) y m) del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Duodécimo
Efectos
Este Acuerdo producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Acordado en Madrid, a 22 de noviembre de 2023.

DE LA

La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20231123-24

(03/19.566/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791