D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231123-30)
Convenio –  Convenio de 20 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Universidad Politécnica de Madrid para la creación de la “Cátedra IRSST-UPM: I+D+I para la prevención de riesgos laborales”
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BOCM
Pág. 130

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 279

Novena
Condiciones económicas, financiación y pago
Con el fin de poder ejecutar las actividades de la Cátedra, el IRSST se compromete a
colaborar económicamente con la Universidad, por un importe máximo de ciento ochenta
mil euros (180.000 euros) para los siguientes ejercicios:
— Ejercicio 2023: sesenta mil euros (60.000 euros) para actividades realizadas durante el curso lectivo 2023/2024.
— Ejercicio 2024: Hasta sesenta mil euros (60.000 euros) para actividades realizadas
durante el curso lectivo 2024/2025.
— Ejercicio 2025: Hasta sesenta mil euros (60.000 euros) para actividades realizadas
durante el curso lectivo 2025/2026.
Estos gastos se financiarán con cargo al Subconcepto 22804 “Convenios con Universidades” del programa presupuestario 494M correspondiente al IRSST y no podrán sufragar la adquisición de bienes inventariables.
El primer pago se realizará en el correspondiente ejercicio presupuestario por importe
de 60.000 euros, a la firma del convenio, de oficio y sin necesidad de garantía alguna al respecto.
Para el resto de las anualidades previstas, los abonos de las cantidades que correspondan
conforme a las cláusulas Undécima y Duodécima del convenio a suscribir se efectuarán al inicio de cada curso lectivo, de oficio y sin necesidad de garantía, tras la acreditación del gasto
de las actividades realizadas y de las cantidades invertidas en la ejecución del convenio.
Un 85% de los recursos de la Cátedra se destinarán al desarrollo de las acciones recogidas en el presente convenio y en el plan anual de actividades, y un 15% irá destinado al
canon establecido por la normativa de creación de cátedras y aulas de la Universidad Politécnica de Madrid.
Décima
Gestión económica
La Oficina de Transferencia de Tecnología (la “OTT”) será la unidad administrativa
de la UPM encargada de la gestión y administración del convenio, en cuanto a su registro,
cobros, pagos, obligaciones fiscales y demás servicios de apoyo de carácter administrativo
derivados de su realización, con la supervisión de la Comisión de Seguimiento.
La suscripción del presente convenio no origina ninguna relación jurídica, incluida la
laboral, entre el IRSST y la UPM con respecto al personal participante.
La gestión económica de la Cátedra se realizará de acuerdo con las orientaciones de
sus órganos responsables: Director y Comisión de Seguimiento, y conforme a las normas y
procedimientos establecidos por la UPM.
Undécima
La documentación acreditativa del gasto realizado deberá presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en
el portal de Internet de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid, para lo que es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificado de firma electrónica que sean operativos en
la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de Confianza
de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
La documentación acreditativa del gasto realizado deberá aportarse con anterioridad
de un mes y medio del principio del ejercicio corriente.
La UPM, a través de la Oficina de Transferencia de Tecnología (OTT), deberá acreditar el gasto realizado en el marco del presente convenio mediante la aportación de la siguiente documentación:
a) Plan anual de Actividades y presupuesto inicial aprobado por la Comisión de Seguimiento.
b) Memoria Técnica y económica anual que la Dirección de la Cátedra está obligada
a presentar al Vicerrectorado de investigación.

BOCM-20231123-30

Acreditación del gasto realizado