D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231123-57)
Convenio –  Convenio de 13 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Real Automóvil Club de España, para la organización del “Rallyshow Comunidad de Madrid-RACE” 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 279

Además, el RACE presentará la justificación documental de todos los gastos recogidos en la cuenta justificativa, los cuales se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil.
Asimismo, el RACE presentará, en su caso, declaración en la que reflejará los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de
organización del Rally. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de
abono por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por el RACE nunca supere el coste de la actividad.
Una vez determinado el importe definitivo, se procederá al pago, por un importe máximo
de 65.000 euros, que será abonado en un pago único con cargo al subconcepto 22802 del
programa 336A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, prorrogados
para 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.
Sexta
Vigencia y modificación del convenio
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre
de 2023, sin posibilidad de prórroga. Las partes, de mutuo acuerdo, podrán modificar lo estipulado mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
Séptima
Causas de extinción
Será motivo de extinción del presente convenio el cumplimiento de las actuaciones
que constituyen su objeto o la existencia de una de las causas de resolución previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se entenderá que existe incumplimiento cuando la Comunidad de Madrid o el RACE
incumplan sus obligaciones de manera que no pueda desarrollarse con normalidad la competición.
En caso de incumplimiento por parte del RACE, la Comunidad de Madrid solo abonará los servicios efectivamente realizados hasta la extinción.
En caso de mutuo acuerdo, se estará a lo acordado por las partes.
Octava
Personal
En ningún caso la suscripción del convenio supone o genera vinculación laboral, funcionarial o de cualquier otro tipo entre la Comunidad de Madrid y el personal que, a través
del RACE, participe o colabore en el desarrollo del campeonato.
Novena
Al amparo de lo establecido en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Publico, se constituye la Comisión para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de las obligaciones de las partes,
cuya composición, funciones y régimen de funcionamiento será el siguiente:
1. Composición:
Estará integrada por cinco miembros:
— El titular de la Subdirección General de Gestión Deportiva.
— El Presidente del RACE o persona en quien delegue.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes.
— Un técnico del RACE, nombrado por el presidente.
— Un técnico de la Comunidad de Madrid, nombrado por el titular de la Dirección
General de Deportes, que actuará como secretario.

BOCM-20231123-57

Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio